Sector logístico y los regímenes especiales de inversión

Sector logístico y los regímenes especiales de inversión
Foto ilustrativa de activos logísticos. Foto/Archivo.

Conoce las principales legislaciones que promueven la inversión en el sector logístico.

El Consejo Empresarial Logístico (COEL), resaltó las principales legislaciones especiales con las que está apalancado el sector, en pro de la facilitación de la inversión en actividades económicas específicas, las cuales otorgan beneficios fiscales, migratorios y laborales.

De acuerdo con el gremio empresarial panameño, estas leyes inciden no solamente en el fomento de la inversión, sino también en la generación de fuentes de empleos, transferencia de tecnología y conocimientos, entre otros, que fortalecen la economía nacional.

El gremio presidido por el empresario Rodolfo De La Guardia, reiteró el compromiso con el desarrollo de la plataforma de servicios logísticos multimodales del país, en actual contexto motivado por la pandemia del Covid-19.

Ley EMMA

Según COEL, recientemente la Comisión de Licencias de Empresas Multinacionales publicó los requisitos para obtener una licencia para operar como Empresa Multinacional para la Prestación de Servicios Relacionados con la Manufactura (EMMA) en Panamá, conforme a lo establecido en la nueva Ley 159 de 2020 que regula este régimen.

“Como parte de dichos requisitos las empresas deberán demostrar que los activos de su grupo empresarial son iguales o mayores a setenta y cinco millones de dólares (75,000,000.00), o que la empresa solicitante preste servicios a por lo menos tres filiales, subsidiarias o compañías asociadas”, explicó el gremio.

Acotó que la Ley EMMA permite a empresas multinacionales establecer en Panamá fábricas y plantas de producción, para llevar sus mercancías a países de la región. A su vez, impulsa la creación de fuentes de empleo y a establecer programas de formación.

Ley Zonas Francas

La Ley 32 de 2011, permite a un inversionista o una empresa establecerse en una zona franca privada, en cualquier parte de la República de Panamá.

COEL explicó que las zonas francas son áreas de libre empresa, específicamente delimitadas, dentro de las cuales se desarrollan todas las infraestructuras, instalaciones, edificios, sistemas y servicios de soporte, así como la organización operativa y la gestión administrativa que sean necesarias para que se establezcan, dentro de estas, empresas de todas partes del mundo, cuyas actividades sean la producción de bienes, servicios, alta tecnología, investigación científica, educación superior, servicios logísticos, servicios ambientales, servicios de salud y servicios generales.

El gremio logístico panameño detalló que hay tres tipos de zonas francas: Privadas, Estatales y Mixtas.

Privadas: Aquellas cuyos inversionistas son personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras.

Según COEL, su establecimiento, funcionamiento y administración es potestad y responsabilidad de sus dueños, bajo las normas y principios del sistema de libre empresa y de propiedad privada y demás disposiciones previstas en las leyes de la República de Panamá.

Estatales: Aquellas cuyo único inversionista es el Estado. Su establecimiento, desarrollo, funcionamiento y administración estará a cargo de una entidad del Estado o de una empresa operadora privada, a la cual se le confiere el contrato de administración de conformidad con los procedimientos legales establecidos.

Mixtas: Aquellas cuya propiedad es compartida entre el Estado y los inversionistas nacionales o extranjeros. Su desarrollo, operación y administración estará a cargo de una entidad del Estado o de una empresa privada.

Zona Libre de Colón

La Zona Libre de Colón (ZOLICOL), creada por el Decreto Ley No. 18 de 17 de junio de 1948 como institución autónoma del Estado panameño, es la principal zona franca en el hemisferio occidental.

El principal objetivo de la Zona Libre de Colón es promover el comercio internacional bajo un marco de beneficios fiscales donde la mayoría de las actividades están orientadas al comercio al por mayor, y a otras actividades logísticas y bancarias que le brindan apoyo.

Entre sus principales beneficios figura la exención de todo impuesto o gravamen y demás contribuciones fiscales, nacionales, provinciales o de cualquier otro orden sobre la mercancía o demás bienes que se comercialice dentro de Zolicol.

Otro beneficio es la exención de todo impuesto y gravamen importación para la transferencia de materias primas o productos semielaborados a empresas que estén fuera de la Zolicol y en territorio nacional, para procesos de valor agregado durante 6 meses.

A su vez, ofrece beneficios migratorios para inversionistas, permisos de Corta Estancia para Compradores, Ventanilla Única de Gestión de Permisos y Trámites de Zona Libre de Colón y agilización de inscripción de Actos y Contratos en el Registro Público.

Establece exención del impuesto anual de Aviso de Operación de Empresas, garantías jurídicas de su inversión a través de la Ley de Régimen de Estabilidad Jurídica de la Inversiones, entre otras.

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