Aprueban la rebaja más importante del impuesto de inmueble en 40 años

Aprueban la rebaja más importante del impuesto de inmueble en 40 años
De acuerdo con el Ejecutivo, la medida impactará positivamente la economía y mejorará la generación de empleos en un sector que representa el 30% del Producto Interno Bruto (PIB). Foto/Archivo

El Proyecto de Ley 509 aprobado, en tercer debate, constituye la reforma integral más importante del impuesto de bien inmueble (IBI) en los últimos 40 años y establece un mayor equilibrio fiscal, lo que beneficia a la mayoría de los propietarios

El proyecto propone una reducción general en las tasas del IBI de entre 80% y 100%, protege la vivienda familiar y la vivienda principal, modifica el régimen de exoneraciones, establece mecanismos para garantizar el cobro del gravamen y plantea un periodo de moratoria para el pago del impuesto hasta diciembre de 2017.

La aprobación del Proyecto de Ley en la Asamblea Legislativa se obtuvo tras el consenso de diferentes sectores de la sociedad y constituye un importante logro de la administración de Presidente Juan Carlos Varela.
 
La iniciativa establece las siguientes tasas para la vivienda del Patrimonio Familiar Tributario o vivienda principal: 0.0% hasta los 120 mil balboas; 0.5% desde los 120 mil balboas hasta los 700 mil balboas; 0.7% desde los 700 mil balboas en adelante.  
 
Para aquellas propiedades comerciales, industriales, segundas residencias y demás, el Proyecto de Ley N° 509 establece lo siguiente: 0.0% hasta 30 mil balboas; 0.6% de 30 mil balboas a 250 mil balboas; 0.8% de 250 mil balboas a 500 mil balboas; 1.0% de 500 mil balboas en adelante.
 
La propuesta reconoce la exoneración del impuesto de inmueble por “primera compra” de una vivienda que se registre como Patrimonio Familiar Tributario o vivienda principal por 3 años, y cuyo valor no supere los 300 mil balboas.
 
Con el fin de mejorar la recaudación del impuesto se establece como agente de retención a todas las instituciones financieras que otorguen préstamos hipotecarios sobre bienes comerciales, industriales y segundas viviendas.
 
Por otra parte, se contempla un periodo de cinco años para que el Estado revise el valor catastral exonerado, que se fija en 120 mil balboas, con el fin de elevarlo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *