Manifestarse es un derecho amparado por la Constitución. Solo se informa previamente a la autoridad municipal para que se facilite el ejercicio de ese derecho, reconoció la Presidencia en su cuenta de Twitter
El Decreto Número 281 del 15 de diciembre de 2017, por la cual se reglamenta la Administración, Uso, Mantenimiento y Aprovechamiento de la Cinta Costera”, será modificado, escpecificamente en su literal T, el cual será eliminado anunció el Ministerio de Obras Públicas mediante comunicado.
El literal en mención indicaba que dentro de las actividades no permitidas estaban: “convocar y realizar manifestaciones de cualquier tipo, dar discursos o sermones públicos sin autorización de la Administración de la Cinta Costera”.
El MOP destacó que en “ningún momento se ha tenido la intención de violentar el derecho que tienen todos los ciudadanos de protestar o manifestarse públicamente, por el contrario, lo que se busca es asegurar que dichas expresiones públicas se hagan con el orden necesario para garantizar la seguridad, la vida y la integridad de quienes hacen uso del Parque Urbano Lineal Costero, denominado Cinta Costera”.
“No obstante, para tranquilidad de los ciudadanos y en estricta observancia al principio constitucional indicado, se procederá de manera inmediata a la modificación del literal T. del artículo 33 del Decreto Ejecutivo 281 del 15 de diciembre de 2017, a fin de que el mismo se apegue a las Garantías Fundamentales establecidas en nuestra Carta Magna”, acotó el MOP.
Por su parte el ministro de la Presidencia Álvaro Alemán alegó que hubo un error y que lo que está prohibido es hacer manifestaciones sin aviso previo, agregando que se encuentran elaborando un nuevo decreto con la modificación y que se espera sea publicado este jueves en Gaceta Oficial.