Con la puesta en marcha de la iniciativa, el Órgano Judicial tendrá que publicar a través de su página -una vez al mes- el listado actualizado de las personas condenadas por delitos contra la libertad e integridad sexual
La Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional prohijó este martes 20 de marzo el anteproyecto de Ley 181 que establece un registro de personas condenadas por delitos contra la libertad e integridad sexual.
El anteproyecto que modifica un articulo del Código Procesal Penal, en los casos donde se sigan procesos por delitos contra la libertad e integridad sexual, cuyas y víctimas fuesen menores de edad no se podrá realizar acuerdos entre el Ministerio Público y el imputado
Durante la sesión en la Comisión se alteró la orden del día para prohijar el anteproyecto presentado por los diputados Athenas Athanasiadis, Iván Picota y Leandro Ávila.
En la exposición de motivos los diputados explicaron que la iniciativa tiene por objetivo crear una base de datos de libre acceso que tenga información sobre los agresores sexuales.
El anteproyecto contempla que la base de datos estaría a cargo del Órgano Judicial y que deberá tener los siguientes datos: nombre completo de la persona condenada, edad, número de cédula, fotografía del rostro tipo carnet, domicilio, pena impuesta, reemplazo de pena.