El Ministerio de Comercio e Industrias adoptó medidas de control de comercialización, sobre la importación de carne bovina con arancel preferencial, originarias de Nicaragua y Costa Rica.
La medida fue aprobada mediante la Resolución N°110 del 17 de septiembre de 2018 publicada en la Gaceta Oficial.
La Resolución incluye ocho fracciones arancelarias para carne bovina en canales o medias canales, los demás cortes (trozos) sin deshuesar, carne deshuesada, entre otros. La misma busca establecer los mecanismos adecuados que permitan el control de la comercialización de la carne de bovino de manera ordenada, tenido en cuenta que es un producto esencial del sector agropecuario panameño y de la alimentación del panameño.
La medida será aplicada de manera temporal hasta el 30 de junio de 2019, y establece además que el incumplimiento comprobado implicará la no aplicación de arancel preferencial y las sanciones correspondientes.
Las empresas que quieran importar carne bovina bajo el arancel preferencial de las fracciones arancelarias deberán comprar la producción nacional en proporciones iguales a la cantidad solicitada para la importación.
Los comerciantes deberán presentar ante la Secretaría Técnica del Ministerio de Desarrollo Agropecuario (Mida), copia del comprobante o factura de la compra nacional realizada al productor u organización de productores en Panamá.
También tendrá que presentar a la Autoridad Nacional de Aduanas, certificación de la Secretaría Técnica del Mida sobre el comprobante o factura descrita anteriormente.
Igualmente, los importadores deberán estar registrados en la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (Aupsa); así como contar con los permisos del Ministerio de Salud.