El administrador general de la Acodeco, Oscar García destacó que las multas por el uso indebido del gas son de B/.750.00 por tanque, de gas encontrado, y si el agente económico es reincidente, la sanción puede aumentar.
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) informó este viernes 28 de septiembre que se registraron 173 multas a diferentes establecimientos comerciales, por uso indebido del gas licuado de 25 libras.
Según la Acodeco estas multas totalizan B/.168,325.00 por violación al Decreto de Gabinete Nº 16 de 11 de marzo de 2014, el cual detalla que el tanque de gas, de 25 libras, es para uso doméstico y solo las fondas, puestos ambulantes o temporales de venta de comida, comedores escolares y populares, califican para su uso.
Además, cabe destacar que por irregularidades en el contenido neto del gas y la Ley 71 del 2001 (sobre el sistema de conexión de los cilindros de gas, donde las válvulas que utilizan tienen que tener información exigida) se han aplicado 149 multas a las dos empresas envasadoras (84 a Tropigas, S.A. por B/.16,800.00; y 65 a L.P.G. Panamá, S.A. –Panagas- por B/.13.000.00).
La Acodeco señaló que por alteración del precio tope del tanque de gas licuado de 25 libras (regulado por el Decreto Ejecutivo 499 del 29 de junio de 2018) se han sancionado a 11 agentes económicos, por una cuantía total de B/.2,300.00.