El juez Décimo Segundo de Circuito Penal de Panamá, Oscar Carrasquilla, no aceptó un incidente de nulidad presentado por el abogado Franklin Amaya, a favor de Luis Enrique y Ricardo Alberto Martinelli Linares.
A través de una nota de prensa, divulgada la tarde de este viernes, 12 de octubre, el Órgano Judicial informó las siguientes decisiones relacionadas al caso Odebrecht en Panamá:
Se le negó un Incidente de Nulidad, en esta oportunidad promovido por el abogado Franklin Amaya Jované, en favor de Luis Enrique y Ricardo Alberto Martinelli Linares, quien a su criterio la Fiscalía violó el derecho de defensa al ordenar la reserva del sumario.
Al respecto, el juez estimó que no se observa que la Fiscalía Especial Anticorrupción haya violentado el debido proceso o derecho a la legitima defensa, al aplicar reserva del sumario, ello en base a que la misma busca preservar la integridad de los elementos probatorios, al igual que los bienes vinculados con el proceso, cuya decisión fue debidamente fundamentada y puesto en conocimiento a los imputados y a sus respectivas defensas.
Recordemos que desde febrero del año pasado, los hermanos Martinelli mantienen una alerta internacional de la Interpol.
Caso Ricardo Martinelli y Ricardo Francolini
Se declaró improcedente el Incidente de Controversia presentado por el abogado Carlos Carrillo Gomila, en representación de Ricardo Martinelli Linares, donde alegaba que el Fiscal Anticorrupción incumplió el debido proceso al no suministrarle copias de varios tomos de esta investigación. Al respecto el juez fundamentó su decisión en que la defensa no está atacando alguna disposición proferida por la agencia de instrucción del Ministerio Público, “obviando el requerimiento exigido por la normativa judicial para la presentación de tal petición”.
También por economía procesal mediante Auto Vario N° 294, se negaron dos Incidentes de Controversias promovidos por los abogados Carlos Carrillo Gomila y Marcela Araúz Quintero, en representación de sus patrocinados Ricardo Martinelli Linares y Riccardo Francolini Arosemena, respectivamente, en donde atacaban la admisión de la querella presentada por el ministro de Seguridad, Alexis Bethancourt Yau, en nombre del Estado panameño.
Sobre el particular, el juez estimó que en este proceso se presume una afectación al Estado, no sólo a través de sus instituciones ministeriales, sino también en su sistema bancario y societario, cuyo delito de blanqueo de capitales provoca una afectación en la imagen del país y su economía. De allí que el Estado puede constituirse como querellante, concluye el juez.
Además, se negó un Incidente de Nulidad promovido por el abogado Roniel Ortíz, en contra de todas las diligencias, declaraciones y actos de investigación donde se solicitó información de la Promotora y Desarrollo Los Andes, S.A., y de la Importadora Ricamar, S.A. El incidentista argumentaba que la investigación de dichas sociedades era competencia del Pleno de la Corte Suprema, al ser beneficiario su defendido, por ser diputado del Parlamento Centroamericano. En su fundamento, el juez Carrasquilla estimó que no observa que el exmandatario se encuentre siendo investigado por la Fiscalía Especial Anticorrupción.
Otros casos
En cuanto a una solicitud de sustitución de medida cautelar peticionada por el abogado René Rodríguez González, en favor de Evelyn Vargas Reynaga, alegando que dicha medida es muy rígida de reporte dos veces a la semana, que le dificulta reincorporarse a la actividad laboral, el juez Décimo Segundo, mediante Auto Vario N° 290, decidió negar dicha solicitud, pues la misma ya goza de una fianza de excarcelación para no ser detenida, no teniendo que presentarse a dichos reportes ante la autoridad competente.
Finalmente, mediante se negó el beneficio de fianza para no ser detenido el hoy imputado Mauricio Cort y García, solicitado por el abogado Irving Bonilla. Al respecto el juez Carrasquilla estimó que al precitado se le imputan cargos graves el cual es de carácter internacional, y en el que se afectó la economía e imagen del país.
Esta causa inició con la denuncia presentada por Alvin Weden Gamboa, el 18 de septiembre de 2015, sobre la existencia de un proceso de supuesto lavado de dinero, en el cual estaban involucradas sociedades como Constructora Norberto Odebrecht, que aparentemente transfirió sumas millonarias de dinero a otras sociedades panameñas, para pagar coimas y sobornos, y realizar operaciones de blanqueo de capitales.
Juzgado resuelve incidentes y solicitudes en caso Odebrecht (Leer más https://t.co/T6Q4XWihAk ) pic.twitter.com/rADEtxTGnh
— OJudicialPanamá (@OJudicialPanama) 12 de octubre de 2018