Se admite incidente de nulidad en proceso conocido como "helicópteros"

Se admite incidente de nulidad en proceso conocido como "helicópteros"
Foto/ilustrativa.

El Juzgado Decimoquinto de Circuito Penal de Panamá, mediante los Autos Varios N°209 y 210, del 30 de noviembre de 2018, admitió el incidente interpuesto por los abogados Franklin Amaya y Aura Guerra de Villalaz, y declara la nulidad relativa dentro del proceso contra 14 personas, por el delito contra la administración pública.

Esta investigación guardaba relación con presuntas irregularidades en el alquiler de horas de vuelo de helicópteros, en perjuicio del extinto Programa de Ayuda Nacional (PAN).

En su escrito, el juez Leslie Loaiza señala que las resoluciones N°190 de 5 de junio de 2015 y la N° 04 de 19 de enero de 2016 contravienen la Constitución Política de la República de Panamá, donde se ordena la indagatoria de Emilio Kieswetter, Franklin Oduber Burillo, Oscar Osorio, Arturo Alvarado De Icaza, Franklin Vergara Jaén, Serafín Sánchez, Javier Díaz, Jorge Portolatino, Lina Tejera, Yessica Pérez, Eliecer Lara Coba, Ramón Vicente Pacheco, Adelys Hercilla Varela y Giacomo Tamburelli.

La decisión del juez Leslie Loaiza se fundamentó en el artículo 2033 del Código Judicial, el cual establece que el sumario debe perfeccionarse dentro de los cuatro meses siguientes que inicia la investigación, y podrá prorrogarse hasta por dos meses más cuando hay varios imputados o hechos punibles.

Según los Autos Varios N°209 y 210, del 30 de noviembre de 2018, la Fiscalía Anticorrupción de la Procuraduría General de la Nación, inició la investigación el 5 de septiembre de 2014, y debía finalizar el 5 de marzo de 2015.

Explica el juzgador que transcurrió varios meses después del vencimiento señalado en nuestro ordenamiento procesal, sin que la agencia de instrucción hubiera solicitado la prórroga del sumario al Tribunal Jurisdiccional.

Es por ello, que este juez es del criterio de que se ha violado el debido proceso, el derecho a la defensa y el derecho a ser juzgado por un Tribunal competente y conforme al trámite legal, posición que ha sido el criterio de su Superior Jerárquico y la Máxima Corporación de Justicia.

 

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