La medida es de carácter provisional, “hasta tanto el comportamiento de los precios de los combustibles líquidos permita desregularización de los mismos”
Por seis meses, prorrogables, los precios al público de las gasolinas de 91 y 95 octanos, el diésel bajo en azufre serán regulados en las localidades de Panamá,Colón, Arraiján, La Chorrera, Antón, Penonomé, Aguadulce, Divisa, Chitré, Las Tablas, Santiago, David, Frontera, Boquete, Volcán, Cerro Punta, Puerto Armuelles y Changuinola
Así lo confirmó mediante el Decreto Ejecutivo No.687, el presidente Juan Carlos Varela, quien ordenó la regulación de los precios máximo de venta al público de algunos combustibles líquidos.
La Secretaría Nacional de Energía, será la encargada de determinar cada catorce días, mediante resolución, los costos máximos de venta al público específicos de cada combustible y localidad.
Se excluye de la aplicación de este Decreto Ejecutivo, las marinas cuya actividad secundaria sea la venta de combustibles a yates y veleros privados.
Se informó también, que, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia, estará al tanto de aplicar las respectivas sanciones por de no ver el cumplimiento del Decreto, por parte de los agentes económicos.