Lo investigado no constituyó un delito y se ordenó el sobreseimiento.
El Segundo Tribunal Superior de Justicia de Panamá confirmó este viernes el sobreseimiento definitivo a favor de todos los imputados en el caso de la Caja de Ahorros, por no constituir delito lo investigado.
“Sin salvamento de voto, mediante Auto No. 50 — S.I del 2 de agosto de 2019, confirmó el Auto de Sobreseimiento Definitivo No 12 de 20 de agosto de 2018, del Juzgado Décimo Cuarto de Circuito Penal de Panamá. Y por ende, mantiene el sobreseimiento definitivo de Riccardo Francolini Arosemena, Jayson Enrique Pastor Jhangimal, Felipe Alejandro Virzi López, Ricardo Alberto Calvo Latorraca, West Valdéz Chapuseaux, Ivan Rafael Clare y otros”, indica el documento.
Las personas sobreseídas habían sido imputadas por el delito genérico ‘contra la Administración Pública-, específicamente de las diferentes formas de peculado-, en perjuicio de la Caja de Ahorros de Panamá.
La apelación fue presentada por la Fiscalía Anticorrupción de Descarga de la Procuraduría General de la Nación.
Para los magistrados que resolvieron la apelación el retraso en el pago de la deuda adquirida con la Caja de Ahorros se debió en gran medida a la demora de la presentación de los informes por parte de la empresa contratada para supervisar los adelantos de la obra en construcción, y que luego de analizar los certificados de no objeción, se percataron del retraso en el refrendo de la Contraloría General de la República. Por otro lado, uno de los varios elementos necesarios para considerar como peculado la conducta de los que participaron en la gestión del préstamo, era el constatar que el préstamo no estaba garantizado, o sea, que se dispensó la suma de dinero, sin respaldo económico para enfrentar un posible incumplimiento, y esto no se comprobó en el voluminoso expediente contentivo de aproximadamente 40 tomos y 20 mil fojas. Es por ello que mantienen la decisión del Juzgado Décimo Cuarto, con fundamento, señaló el Órgano Judicial.