El asesinato se registró en un hotel de la localidad, el pasado 7 de julio de 2018.
El Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá, integrado por los magistrados Erick Beldrave (presidente), Miriam Jaén y Ruth Aispú, confirmó este martes la decisión proferida por Tribunal de Juicio Oral del Primer Circuito Judicial de Panamá, que sancionó a Hidadi Santos Saavedra, a la pena de 20 años de prisión (240 meses), por homicidio simple en calidad de autor.
La condena incluye inhabilitación para ejercer funciones públicas por diez (10) años, una vez cumplida la pena principal, en perjuicio de Eduardo Calderón (q.e.p.d.), hecho registrado en un hotel de la localidad, el pasado 7 de julio de 2018.
Este Tribunal de Apelaciones, en audiencia celebrada este martes 19 de septiembre, luego de escuchar a los intervinientes en el debate de la pena y analizar la sentencia N° 143/TJ-J, fundamentó su decisión en que no se acreditaron las atenuantes invocadas por la defensa en debida forma; por ende, mantuvo en todas sus partes la condena aplicada al sentenciado Hidadi Santos Saavedra, declarado culpable por un jurado de conciencia; ello en base en los artículos 133,163, 168, 169 #1 del Código Procesal Penal y el artículo 90 del Código Penal.
La apelación fue presentada por la defensora particular, Holanda Polo, quien se basó en la dosificación de la pena y solicitó una condena de 10 años de prisión; que al aplicarle dos atenuantes de un tercio y un sexto de la pena, quedaría a imponer la misma en 60 meses de prisión, según la abogada.
En la audiencia, el Ministerio Público, representado por el fiscal, Emeldo Márquez de la Fiscalía Superior de Homicidios y Femicidios del área Metropolitana, al igual que la querellante, a cargo de la licenciada Beryl Lazarus y la víctima, el hermano del occiso, Ramiro Acevedo, pidieron que se confirmara la decisión impuesta por el Tribunal de Juicio, el pasado 30 de agosto de 2019.