Antes de ordenar la deportación se debe comprobar la existencia de los hechos, escuchar la defensa del extranjero y respetar los derechos humanos.
El Servicio Nacional de Migración (SNM) informó este jueves 31 de octubre, que tal como establece el Decreto Ley 3 del 22 de febrero de 2008, como estamento de seguridad del Estado, se puede deportar a los extranjeros que atenten contra la seguridad pública, defensa nacional y salubridad pública.
Migración hizo énfasis en este decreto para indicar que es aplica a los 11 extranjeros detenidos durante las protestas registradas en la capital panameña la noche ayer miércoles, 30 de octubre de 2019.
Antes de ordenar la deportación el SNM, indicó que debe comprobar la existencia de los hechos, escuchar la defensa del extranjero, respetar los derechos humanos, decretar la detención y notificar personalmente la resolución que ordena la detención.
El extranjero que haya sido deportado no podrá ingresar al país en un lapso de cinco a diez años, contado a partir de la fecha de ejecución de su deportación, advirtió.
Al Fin
NINGÚN extranjero tiene derecho a inmiscuirse en los asuntos internos. DEPORTE LOS.
Yo soy extranjero y vivo apegado a las leyes de este país en agradecimiento por haberme dado la oportunidad de quedarme. Al que viole las leyes, hay que aplicarlas también.
Hasta cuando se soporta los abusos de estas personas y encima com templar derechos sinvergüenzas vergüenza debiera darles pero son tan síndicos que no estraña los dejen en la calle como si nada