El servicio podrá brindarse en todas las provincias del país. Los consumidores aplaudieron la decisión de la CSJ.
La Corte Suprema de Justicia mediante sentencia del 26 de diciembre de 2019, declaró nula, por ilegal, prohibición de pago en efectivo de los servicios de transporte a través de plataformas digitales como Uber, Cabify, indriver; al igual que la restricción que impedía que este servicio fuese brindado fuera de las provincias de Panamá, Colón, Panamá Oeste y Coclé.
La noticia fue bien recibida por la Asociación de Consumidores Libre, quienes a través de un comunicado celebraron la sentencia que a su juicio reconoce el derecho de los consumidores a recibir bienes y servicios de calidad:
“La sentencia de la Corte Suprema es un importante triunfo para el consumidor panameño, ya que con esta sentencia, que surtirá sus efectos jurídicos una vez sea publicada en la Gaceta Oficial, el ciudadano recupera su derecho a elegir en libertad, en materia de servicio de transporte” señala parte del comunicado.
Rafael Reyes, dirigente transportista de Radio Taxi Cristiano de Villa Lucre manifestó que procederán legalmente y también emprenderán acciones de protesta en contra de este fallo. “No vamos quedarnos con los brazos cruzados” subrayó.