El pasado 6 de diciembre de 2019, la naviera Maersk se comprometió a dejar de ofrecer los servicios logísticos en el campo terrestre, los cuáles involucra el agenciaiento aduanal.
La Unión Nacional de Corredores de Aduanas (UNCAP), que aglutina a unos 300 agremiados, se mantiene preocupada por el agenciamiento aduanal que están ofreciendo las principales líneas navieras asentadas en suelo panameño.
Dessiree Montero, presidenta de la UNCAP explicó que no se ha cumplido con lo prometido en las mesas de trabajo celebradas bajo la mediación de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP).
Asegura que están a la espera de un nuevo llamado para volver a sentarse a dialogar y recalcar que la profesión del agente corredor de Aduanas está totalmente regulada por la ley 1 que creó la Autoridad Nacional de Aduanas, en el 2008.
“Hemos visto que se sigue ofreciendo el servicio de trámite de agenciamiento aduanal de manera que hemos tomado las cartas administrativas al respecto y esperamos que la AMP pueda cumplir y se llegue a buen término en estas reuniones con respecto a estos temas”, asegura.
Precisa que las navieras no han cumplido y esto queda establecido en sus avisos de llegada en donde mencionan que ofrecen los servicios aduanales.
“Esperamos que a nivel administrativo en la Autoridad Nacional de Aduanas se deslinden las responsabilidades, pues es la Aduana la que tiene claramente por ley establecido cuales son los servicios y las operaciones que podemos realizar cada uno de los actores de la cadena logística”, señaló Montero.
En noviembre de 2019, la UNCAP denunció ante la Aduanas y el Ministerio Público, supuestas prácticas ilegales en los que estarían incurriendo algunas agencias navieras transnacionales en el servicio de transporte logístico en el país.
Venancio Serrano, asesor legal de la UNCAP, explicó que la denuncia presentada ante Aduanas se da en virtud de que las líneas navieras están ofreciendo servicios de transporte y corretaje y la denuncia ante el Ministerio Público es porque estas empresas están ofreciendo servicios que están estrictamente prohibidos y violando las leyes panameñas.
“Estas violaciones consisten en la posible infracción del artículo 381 del código penal, que se refiere a ejercer una profesión para la cual se requiere idoneidad, sin tenerla, lo cual es penado con prisión de dos a cinco años”, indicó Serrano.