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AMP establece controles para embarcaciones de uso doméstico

AMP establece controles para embarcaciones de uso doméstico
Las embarcaciones podrán seguir operando siempre y cuando sus cambios de tripulación o sus pasajeros correspondan a nacionales o personas que no vengan del extranjero.

Entidad marítima de Panamá aplica medidas para naves que operan en aguas interiores. A su vez restringió las operaciones de los yates comerciales.

La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) anunció medidas de controles para las embarcaciones de uso doméstico que operan en aguas del territorio panameño como parte de los lineamientos emprendidos en la lucha para evitar la propagación del coronavirus COVID-19.

Según la AMP, “las embarcaciones de servicio doméstico que operan exclusivamente en  aguas jurisdiccionales de la República de   Panamá , podrán   seguir operando siempre y cuando sus cambios de tripulación o sus pasajeros correspondan a nacionales o personas que no vengan del extranjero. De igual forma se exceptúan de esta medida a los pescadores artesanales, pescadores semi-industriales, embarcaciones de subsistencia y embarcaciones de cabotaje nacional que suministran artículos básicos a las comunidades de la República de Panamá que posean condiciones de difícil acceso”, destaca un comunicado.

Precisa que queda restringido temporalmente las operaciones de los yates comerciales,y se limita el uso de yates de placer de uso privado a un máximo de 5 pasajeros indistintamente de su patente de navegación.

“En el caso de las embarcaciones tipo ferry que operan exclusivamente dentro de las aguas jurisdiccionales de la República de Panamá,solo se permitirá el traslado de personas nacionales o residentes hacia o desde las islas, se prohíbe el traslado de turistas internacionales, a fin de evitar conglomerados. Estas compañías deberán cumplir con las medidas sanitarias de limpieza de las embarcaciones, impartidas por el Ministerio de Salud”, agrega.

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