Mitradel reglamenta la suspensión de los contratos de trabajo por Covid-19

Mitradel reglamenta la suspensión de los contratos de trabajo por Covid-19
Imagen de una de las Ferias de Oportunidades. Foto: Mitradel

Se establece que los trabajadores no estarán obligados a prestar servicios, ni los empleadores a pagar.

Debido al estado de emergencia declarado en Panamá, por la pandemia del COVID-19, el Gobierno Nacional reglamentó la disposición legal establecida en el artículo 199 del Código de Trabajo, sobre la suspensión de los efectos del contrato, en el numeral 8, por caso fortuito o fuerza mayo.

El Decreto Ejecutivo 81, del 20 de marzo de 2020, establece que los contratos de los trabajadores de empresas que hayan sido cerradas corno parte de las medidas preventivas de las autoridades gubernamentales se considerarán suspendidos.

El procedimiento de formalizar la suspensión de los contratos se realizará de forma digital, enviando los documentos solicitados, en formato PDF a la dirección de correo electrónico solicitudes@mitradelgob.pa, habilitada desde el viernes 20 de marzo.

Se establece que los trabajadores no estarán obligados a prestar servicios, ni los empleadores a pagar. Aclara el decreto que la situación no representa el término de la relación, al día siguiente de la suspensión del estado de emergencia, los trabajadores podrán volver a sus puestos a realizar sus jornadas, impedirlo será considerado un despido injustificado.

Las personas a las que se le hayan suspendido el contrato serán incluidos en la lista de beneficiarios de los programas que establezca el órgano Ejecutivo para mitigar la falta de ingresos económicos mientras duren las medidas de protección sanitaria.

Durante el tiempo se suspensión, los trabajadores y sus beneficiarios podrán usar los servicios medicos habilitados en la Caja de Seguro Social.

3 Respuestas
  1. Cuando redacten las notas, verifiquen los errores y no publiquen las noticias con ortografía deficiente… eso deja mucho que decir de un medio de comunicación serio….

  2. Buen dia sr. Mitradel, como aplica esta disposición a Minera Panamá s.a, ya que el jueves 19/3, muchos trabajadores se acogieron a sus días libres mucho antes que cerraran sus entradas a la mina y que se debiera volver a laborar el próximos martes. Gracias.

  3. La minera Panamá no ha cerrado operaciones no debe acogerse a este punto.
    Ellos siguen generando ingresos, la producción mineral esta sin parar.

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