Migración extiende hasta el 31 de octubre vigencia de documentos vencidos

Migración extiende hasta el 31 de octubre vigencia de documentos vencidos
El Servicio Nacional de Migración mantiene la atención en algunos servicios de forma presencial.

Se exceptúan las cartas de referencia bancaria y certificados de salud, los cuales deben ser debidamente actualizados.

El Servicio Nacional de Migración, extendió hasta el 31 de octubre de 2020, la vigencia de todo documento de identificación emitido por la Institución, que haya vencido en el período comprendido entre el 13 de marzo y el 31 de julio de 2020, sin que ello genere multas o recargos por dicho vencimiento.

De igual forma se reconocerá como válida hasta el 31 de octubre de 2020, la documentación que haya vencido en el período comprendido entre el 13 de marzo y el 31 de julio de 2020. Se exceptúan las cartas de referencia bancaria y certificados de salud, los cuales deben ser debidamente actualizados.

En atención al Departamento de Notificaciones, los abogados podrán notificarse de sus trámites con la presentación de los siguientes documentos:
a.​ Copia del carné de trámite.
b.​ Copia de las siguientes páginas del pasaporte: generales, sello de registro, sello de última entrada, visa múltiple.
El Servicio Nacional de Migración destaca que no será necesaria la presentación del carné y el pasaporte original.

Una Respuesta
  1. Sr. MIGRACIÓN PANAMÁ.
    BUENOS DÍAS
    El documento de permanencia provisional que tengo venció el 9 de Marzo del 2020. La recaudación de documentos para gestionar la renovación no he podido completarla por las restricciones impuestas después del 15 de marzo por causa de la PANDEMIA.

    Agradecería mucho me orientaran para terminar de recabar la documentación y proceder con la renovación.

    Gracias por su atención, queda de ustedes.

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