Promulgan resolución que modifica la restricción de movilidad debido al Covid-19

Promulgan resolución que modifica la restricción de movilidad debido al Covid-19
Una familia viaja en su automóvil con máscaras faciales en medio de la preocupación por la propagación del coronavirus COVID-19, en la Ciudad de Panamá. Foto: AFP

Se recuerda que los días de circulación, sin restricción de cédula, quedarán establecidos para las mujeres los lunes, miércoles y viernes, mientras que para los hombres serán martes, jueves y sábados.

 

La Gaceta Oficial promulgó este viernes 21 de agosto, la Resolución No.791 del 21 de agosto de 2020, mediante la cual se modifican las restricciones de movilidad y el toque de queda en algunas provincias.

De acuerdo a la Resolución, el toque en las provincias de Panamá y Panamá Oeste se mantendrá vigente de 7 de la noche a 5 de la madrugada del día siguiente a partir del lunes 24 de agosto. Medida vigente de lunes a sábado.

Mientras que a partir del sábado 29 de este mes, los toques de queda los fines de semanas en estas provincias serán de 7:01 de la noche, hasta las 5 de la mañana del lunes siguiente.

Se recuerda que los días de circulación, sin restricción de cédula, quedarán establecidos para las mujeres los lunes, miércoles y viernes, mientras que para los hombres serán martes, jueves y sábados. Es decir podrán circular todo el día, aunque se recomienda no salir de casa de no ser necesario.

El toque de queda a nivel nacional se mantiene vigente en todo el país, de 7 de la noche a 5 de la madrugada y se mantendrán los cercos sanitarios y puestos de control en los puntos donde se tienen instalados.

Paralelamente el MINSA emitió la Resolución 792, en la que se autoriza a partir de este lunes 24 la reactivación, operación y movilización de actividades como Bienes Raíces, promotoras, empresas de avalúos y comercio al por mayor, las cuales deberán acogerse a los lineamientos del plan establecido del retorno hacia la nueva normalidad, tales como el horario, el uso de implementos de bioseguridad para los trabajadores, además del estricto cumplimiento de las medidas de sanidad como el uso de mascarillas, gel a base de alcohol, guantes entre otros.

Esta Resolución 792, destaca además que de no acatarse estas disposiciones las empresas que incumplan con lo establecido serán sancionadas por la autoridad correspondiente de acuerdo a sus competencias.

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