Buscan penalizar la suplantación de identidades, difusión deliberada de información no deseada y el ciber bulling, entre otros.
La Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos constitucionales, prohijó el anteproyecto de ley que adiciona artículos al Título VIII del Código Penal, que estipulan como delitos el acoso cibernético, la suplantación de identidades, difusión deliberada de información no deseada y el ciber bulling, entre otros delitos cibernéticos.
El diputado Gonzalo González, proponente de la iniciativa, destacó la importancia de la educación y la comunicación de los padres con sus hijos, así como el entorno en las escuelas para el uso correcto del interne, para evitar que menores de edad sean víctimas de algún tipo de acoso; además recalcó la importancia de una legislación clara en cuanto a los ciberdelitos.
Por otro lado, la Comisión aprobó el informe con relación a la objeción parcial por inexequibilidad del proyecto de Ley Nro. 223, que modifica la Ley 82 de 2013, sobre violencia contra la mujer y la Ley 7 de 2018, referente a la prevención de actos discriminatorios”.
También se aprobó el informe relacionado a la objeción por inexequibilidad del proyecto de Ley Nro. 234, que adopta medidas para el alivio financiero.