Aquí nos jactamos de querer atraer negocio financiero, fiduciario y de servicios y no nos percatamos que cada vez con el alto grado de “regulatitis” estamos disuadiendo a la gente de venir a Panamá. Y es natural porque en la mayoría de los casos se producen dos hechos primordiales. 1. Se nombra a funcionarios en los entes reguladores sin conocimientos de las actividades financieras. 2. Propensión a dictar leyes y adscribirles a entidades como la Superintendencia Bancaria la regulación de actividades fuera de su área de responsabilidad.
Yo siempre creí que la Superintendencia de Bancos era una entidad para proteger los dineros de los depositantes. El intermediario financiero (banco) regulado es una institución que recibe dinero del público y luego la utiliza para otorgar préstamos a terceros. Es necesaria la supervisión y la inspección a efectos de corroborar del intermediario el cumplimiento a cabalidad de su negocio sin poner en mayor riesgo (siempre hay un riesgo) los dineros de los depositantes.
Resulta que, luego a la Superintendencia de Bancos se le asignó la responsabilidad de regular a las empresas fiduciarias. La ley no se quedó allí. Limitó la posibilidad a un particular o un familiar poder ser el fiduciario de un fideicomiso. También se le arrogó la facultad de inspeccionar a las empresas fiduciarias, tanto en materia de los fideicomisos como en temas de debida diligencia, a un costo exorbitante sacando del negocio a las empresas fiduciarias independientes.
En todas partes del mundo las fiduciarias independientes son las que sostienen y fortalecen la actividad. Adiós fiduciarias si no son bancos. Ahora, mediante ley, se le ha adscrito a la Superintendencia de Bancos la responsabilidad de inspeccionar a las entidades que participen en el negocio de arrendamiento financiero. Esto a mi entender no hará sacar a las promotoras ni desarrolladoras de proyectos de la grave crisis económica en que se encuentran.
Si bien el arrendador financiero aporta su capital y no de terceros para realizar estas actividades, desconozco la razón de la intervención de la Superintendencia de Bancos para esos propósitos. Y si el arrendador financiero desea capital fresco, generalmente iría al mercado y su regulador sería la Superintendencia de Bancos. Pero lo peor de todo esto es que la ley les exige a las financieras ya reguladas por el Ministerio de Comercio si desean participar de esta actividad, a someterse a la autorización y los requerimientos de la Superintendencia de Bancos (otro papelito).
En otras palabras, entre el Ministerio de Comercio y la Superintendencia de Bancos tendrán dos reguladores. Si a eso le añadimos la supervisión de la Superintendencia de Bancos sobre los temas de lavado de activos y debida diligencia mayor es la supervisión que el negocio. Y esto no para aquí. Ya en materia de valores, el mundo del corretaje y asesoría financiera prefiere mudarse a Estados Unidos en vez de usar la plaza panameña. El efecto Dunning-Kruger en toda su expresión.
Asvat, resentido. Siempre viéndole el lado negativo y nefasto a las cosas