Medidas adoptadas buscan reducir los niveles de contagio de la Covid-19.
A partir del 4 y hasta el 14 de enero próximo, en las provincias de Panamá y Panamá Oeste, solo podrán ofrecer los servicios comercios esenciales como los supermercados, clínicas, farmacias, gasolineras y servicios veterinarios, en atención a las nuevas disposiciones anunciadas por el Gobierno Nacional y dispuestas en el Decreto Ejecutivo No. 1686 del 28 de diciembre de 2020.
Entre otros comercios catalogados como esenciales figuran: los minisúper, abarroterías, hoteles, pensiones, bancos, puertos, aeropuertos, ferreterías, empresas de seguridad, medios de comunicación y casas de empeño.
También están incluidas las funerarias y empresas de cremación, al igual que las dedicadas a la recolección de desechos, cocinas de restaurantes, así mismo las entregas de alimentos y medicamentos a domicilio (delivery) hasta las 10 de la noche.
El Ministerio de Salud (MINSA), recalcó que la movilidad para acudir a estos comercios esenciales se hará por sexo y el último número de la cédula durante la cuarentena total establecida para las provincias de Panamá y Panamá Oeste.
Durante los días de cuarentena total se reitera que se exceptúan de esta disposición personal de salud, abogados, miembros de los estamentos de seguridad, periodistas, personal de aerolíneas, personas dedicadas al transporte de animales, productos e insumos agropecuarios.
Por la naturaleza de su labor, también están exceptuados personal del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) y de la Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario (AAUD) entre otros.
También se les recuerda a los comercios que el personal de salud y de los estamentos de seguridad pueden realizar compras cualquier día de la semana.