Esta reglamentación indica que las empresas EMMA deben cumplir con los requisitos aprobados por la Comisión de Licencias de Sedes de Empresas Multinacionales
Con el Decreto Ejecutivo No.33 del 4 de febrero de 2021, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), estableció las normas y procedimientos aplicables a la instalación, administración, mantenimiento y operación de aquellas empresas nacionales o extranjeras que deseen invertir en Panamá, bajo el Régimen Especial para el establecimiento y la Operación de Empresas Multinacionales para la prestación de servicios relacionados con la manufactura, conocido como EMMA.
Esta reglamentación indica que las empresas EMMA deben cumplir con los requisitos aprobados por la Comisión de Licencias de Sedes de Empresas Multinacionales (SEM), la cual plantea que para su elegibilidad las empresas deben contar con un total de activos del grupo empresarial iguales o mayores a los $75 millones o contar con un mínimo de tres subsidiarias.
Con relación a los trámites, la Dirección de Sedes de Empresas Multinacionales del MICI, actuará como Secretaría Técnica de la Comisión, para otorgar el visto bueno de las Licencias.
En el documento se establece que, las empresas se deben inscribir el Registro Público de la República de Panamá, ya sea como una empresa extranjera, o como una empresa panameña de propiedad de la empresa multinacional. Una empresa multinacional que ya cuente con Licencia de SEM podrá aplicar a una Licencia del régimen EMMA por medio de un proceso sumario. Igualmente, una empresa que esté operando en Panamá podrá, a través de la misma persona jurídica mediante la cual viene realizando sus actividades, acogerse al Régimen, delimitando sus actividades a la EMMA.
Asimismo, comprende normas a cumplir en procesos migratorios para los inversionistas y el ingreso de mercancía al país.
Sobre el particular, Jeannette Díaz Granados, directora General de Sedes de Empresas Multinacionales del MICI, explicó que se homologó el régimen Migratorio de SEM, el cual contempla el proceso de solicitudes de visas para el personal extranjero de la EMMA por conducto de la Ventanilla Única de la Dirección Nacional de Inversiones de la institución.
Por otro lado, debido a la naturaleza de las actividades de EMMA se estable un régimen Aduanero Especial, permitiendo a su vez que las empresas EMMA puedan establecerse físicamente en el Área Económicas Especiales como Zona Libre, Panamá Pacífico o en cualquier zona primaria aduanera existente, así como en cualquier lugar del territorio nacional en donde se permite el desarrollo de dichas actividades y servicios.
“Las EMMA que se establezcan en áreas fuera de las zonas aduaneras primarias y que su actividad implique movimiento de mercancías estarán obligadas a solicitar y mantener vigentes durante su operación ante la Autoridad Nacional de Aduanas y el Servicio de Control y Vigilancia Aduanera (SECVA)”, detalló la Directora de SEM.
Díaz Granados acotó que las empresas EMMA gozarán de estabilidad jurídica automática para la empresa, y que para aplicar deben completar un formulario, donde se indiquen los datos de la empresa, el organigrama del grupo empresarial del cual forma parte, los activos totales del grupo, las actividades EMMA que desee desarrollar desde Panamá, y la determinación de la inversión inicial, el número de empleados y gastos operativos, así como los planes de responsabilidad social.
El régimen EMMA es parte de las estrategias del presidente Laurentino Cortizo para la atracción de inversión extranjera directa, generación de empleo, dinamización de diversos sectores y la transferencia de conocimiento al recurso humano panameño.