El chárter náutico es la actividad de alquiler de embarcaciones de recreo con o sin patrón.
La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) destacó el crecimiento exponencial que tiene el chárter náutico (alquiler de embarcaciones de recreo) y en la oferta de servicios vinculados a ello en Panamá, por lo que solicitó a la gente de mar que es necesario que cuenten con su licencia respectiva, las cuales pueden ser de aguas nacionales o de aguas internacionales.
La entidad regente de la actividad marítima en el país, explicó los requisitos para la expedición de licencias para marinos de aguas nacionales que laboren a bordo de buques de bandera panameña, los cuales se encuentran basados en el cumplimiento de la Resolución J.D. No. 053-2018 del 19 de diciembre de 2018.
Acotó que estos son tramitados a través del Departamento de Titulación de la Dirección General de la Gente de Mar (DGGM), de la AMP. En caso de alguna consulta, la entidad detalló que mantiene habilitado el correo electrónico titulaciondigital@amp.gob.pa.
Explicó que las licencias vigentes dentro de nuestras aguas jurisdiccionales, que se tramitan son las siguientes: patrón de nave de placer de 1ra. clase (mayor de 20 metros de eslora); patrón de nave de placer de 2da. clase (de 8 metros hasta 20 metros de eslora); patrón de nave de placer de 3ra. clase (menor de 8 metros de eslora).
Requisitos generales para todas las licencias de aguas nacionales:
De acuerdo con la AMP, el marino que aplique personalmente en la oficina principal de la AMP en Panamá, estará exento de presentar la foto, ya que la misma será tomada al momento de la aplicación.
En caso de ser extranjeros deben tener el pasaporte vigente y los nacionales cédula de identidad personal, sin haber vencido.
Además, deben tener certificado de buena salud (validez de 3 meses a partir de la fecha de emisión), emitido por un médico idóneo panameño y deberá contar con sello del doctor y de la clínica, hospital o centro de salud.
Explicó que toda solicitud presentada al Departamento de Titulación (Dirección General de Gente de Mar de la Autoridad Marítima de Panamá oficinas principales en Panamá) tiene un costo de 8.00 dólares, mediante estampado de máquina franqueadora [en base al Artículo 55 de la Ley No.8 del 15 de marzo de 2010] o pago en las oficinas Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas, traer recibo.
Patrón de nave de placer de 1ra. clase (mayor de 20 metros de eslora):
Los cursos de formación básica en seguridad emitidos por un Centro de Formación Marítima reconocido por la Autoridad Marítima de Panamá son:
OMI 1.19 – Técnicas de Supervivencia Personal.
OMI 1.20 – Prevención y Lucha contra Incendios.
OMI 1.21 – Seguridad Personal y Responsabilidades Sociales.
OMI 1.13 – Primeros Auxilios Básicos.
Curso de Patrón de Nave de Placer de 1ra clase.
Patente de la Nave o Carta de la Compañía.
Patrón de nave de placer de 2da. clase (de 8 metros hasta 20 metros de eslora):
En el caso de nave de placer son los siguientes.
OMI 1.19 – Técnicas de Supervivencia Personal.
OMI 1.20 – Prevención y Lucha contra Incendios.
OMI 1.21 – Seguridad Personal y Responsabilidades Sociales.
OMI 1.13 – Primeros Auxilios Básicos.
Curso de Patrón de Nave de Placer de 2da clase.
Patente de la Nave o Carta de la Compañía.
Patrón de nave de placer de 3ra. clase (menor de 8 metros de eslora):
La entidad explicó que el curso de Seguridad Marítima para aguas nacionales debe ser emitido por un Centro de Formación Marítima reconocido por la Autoridad Marítima de Panamá.
OMI 1.19 – Técnicas de Supervivencia Personal.
OMI 1.20 – Prevención y Lucha contra Incendios.
OMI 1.21 – Seguridad Personal y Responsabilidades Sociales.
OMI 1.13 – Primeros Auxilios Básicos.
Curso de Patrón de Nave de Placer de 3era. Clase.
La AMP agregó que todo marino que posea una licencia de aguas jurisdiccionales de la República de Panamá, estará sujeto a pruebas aleatorias de consumo de alcohol y estupefacientes, que se realizarán por las autoridades competentes en los Puertos Nacionales, cuando así lo consideren necesario.