Un fondo de imprevistos para cualquier eventualidad, y en el caso de los promotores, ahora tendrán que cambiar la juntas directivas, una vez el proyecto inmobiliario lleve un 51% vendido.
Los cambios introducidos en el recién aprobado proyecto de Ley de Propiedad Horizontal, en tercer debate por la Asamblea Nacional, son vistos de manera “positiva” por el especialista en el tema, Mario Vargas, porque se alinean a las necesidades reales de las comunidades.
El pasado 26 de julio, la Asamblea Nacional aprobó el nuevo proyecto de Ley que modificará la Ley No. 31 de 18 de junio de 2010, y de acuerdo a Vargas, los cambios introducidos alcanzan hasta un 75% de dicha legislación
Explicó que la nueva legislación baja razonablemente el quórum para las tomas de decisiones en las Asambleas de Propietarios, como, por ejemplo, citó el cambio de junta directiva, aumento de cuotas de gastos comunes e imposición de cuota extraordinaria, además, dijo, obliga a los propietarios a asistir a las asambleas, de lo contrario, serán multados por su inasistencia.
Dijo que también crea el fondo de imprevistos para cualquier eventualidad, y, que, en el caso de los promotores, ahora tendrán que cambiar la juntas directivas, una vez el proyecto inmobiliario lleve un 51% vendido.
Son algunas de las variaciones que trae el Proyecto de Ley 582 de Propiedad Horizontal (PH) que fue aprobado recientemente en tercer debate, y que sólo espera la firma del Órgano Ejecutivo para convertirse en ley de la república, precisó el abogado.
“El proyecto de Ley 582 que, regula principios de mantenimiento y seguridad en los PH, es algo que se necesita con urgencia y trae cambios profundos como que se limite la posibilidad de que secuestren las administraciones de los PH o secuestro de las cuentas bancarias y, con respecto al tema de los quórum, donde no se lograban los cambios de las cuotas ordinarias o extraordinarias, ahora sí se podrán llegar a acuerdos”, dijo Vargas.
Especificó que con la nueva Ley, la promotora una vez haya entregado el 51% de las unidades inmobiliarias, estará obligada a cambiar los nombres de la junta directiva con los nombres de los nuevos propietarios. “Es un cambio considerable porque antes el promotor lo hacía cuando las unidades se entregaban con un 80% en el avance del proyecto”.
Mario Vargas, enfatizó en que las promotoras, dueños de viviendas, juntas directivas de los PH tienen que empezar a aprender sobre estos nuevos cambios.
Sobre la modificación y responsabilidades de un administrador de PH, se habla de un perfil con conocimientos en administración, se aclaran cláusulas como la responsabilidad sobre el tema de los mantenimientos.
Además, se incluye la comunidad internacional, donde ahora Panamá en materia de propiedad horizontal marca la pauta en la ley que será de referencia para algunos países de la región, aportó Vargas.
Un comunicado de la Asamblea Nacional, indicó que estas disposiciones actualizadas, son el resultado de amplias consultas llevadas a cabo por más de un año bajo la Comisión de Infraestructura Pública y Asuntos del Canal.
La diputada Zulay Rodríguez, sostuvo que no cualquiera puede administrar un edificio y que la administración requiere de un manejo como de padre y madre, dejando también el derecho a los propietarios sobre las viviendas y no a las constructoras.
Mientras la diputada Kayra Harding opinó que, la nueva ley llena un vacío en el régimen de propiedades horizontales, incluyendo la comunidad internacional, debido a que también existen propietarios fuera de fronteras.
En el Proyecto 582 se regulan principios de mantenimiento, salubridad, seguridad y responsabilidad para que, en armonía, se desarrolle la convivencia familiar debido a que coexisten bienes privados y comunes.
Se explica que en Panamá, más de un millón de personas viven en departamentos o unidades departamentales.