En los dos últimos años los ingresos, producto de las exportaciones del camarón, disminuyeron a B/15,906,488 debido a la pandemia de la Covid-19 que está afectando el comercio mundial.
Hasta el 11 de octubre del presente año se extenderá el segundo periodo de la veda del camarón, del presente año, con la finalidad de permitir a la especie su reproducción, señaló un comunicado de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP).
Durante la veda se prohíbe la captura de camarón de mar, su comercialización (de cualquier origen), sin el Certificado de Inspección Ocular; tampoco se permite su transportación (de cualquier origen) sin el respectivo salvoconducto de veda del camarón (cuyo costo es de cinco balboas), expedido por la ARAP, que también incluye el transporte de nauplios y postlarvas.
Estadísticas de la Contraloría General de la República, indican que en el año 2019 las exportaciones de camarón representaron para el país la suma de B/31,918,206 producto de 5,739, 249.57 kilogramos del crustáceo.
Mientras que en los dos últimos años los ingresos disminuyeron a B/15,906,488 debido a la pandemia de la Covid-19 que está afectando el comercio mundial.
De esta actividad en el país, según datos de la Contraloría General de la República, unas 30,000 personas se benefician directamente de la pesca de camarón.
La administradora general de la ARAP, Flor Torrijos, manifestó que desde el inicio de la veda, todos los establecimientos comerciales, plantas procesadoras de productos pesqueros, fincas de cultivo de camarón, comercializadoras e intermediarios, deberán contar con el Certificado de Inspección Ocular.
Esta medida también se refiere a persona natural o jurídica dedicada a la actividad comercial de este producto, deberán contar con el documento mencionado, para la venta, posesión, comercialización o almacenamiento de camarón.
Torrijos dijo que el periodo de veda del camarón se realiza con el propósito de darle oportunidad a la especie para reproducirse, garantizando la sostenibilidad de este importante recurso pesquero, por lo cual la ARAP, junto con el apoyo de otras instituciones, realizará las inspecciones, acciones de vigilancia y control respectivas.
La veda del camarón está establecida en el Decreto No. 158 de 31 de diciembre de 2003 y se aplica tanto a la pesca industrial como a la artesanal.