El viernes 31 de diciembre también cerrarán las oficinas públicas nacionales y municipales, a partir de las 12 mediodía. En ambas fechas regirá el Decreto Ejecutivo 263 de 23 de diciembre de 2021.
El cierre de las oficinas públicas nacionales y municipales, en todo el territorio nacional, los días 24 y 31 de diciembre de 2021, a partir de las 12:00 mediodía, con motivo de la celebración de la navidad y año nuevo, fue ordenado por el Ministerio de Gobierno, a través del Decreto Ejecutivo 263 de 23 de diciembre de 2021.
La norma fue expedida esta tarde y la misma lleva las firmas del presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen; y de la ministra de Gobierno, Janaina Tewaney Mencomo.
De igual manera, el decreto en mención exceptúa de esta medida a las oficinas públicas que por razón de la naturaleza del servicio que prestan deban permanecer funcionando, tales como: IDAAN, instituciones de salud (hospitales, clínicas, policlínicas, centros de salud y unidades de salud), tanto de la Caja de Seguro Social como del Ministerio de Salud; los servicios postales, el Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, Sinaproc, Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre, el Metro de Panamá, el Servicio Nacional de Migración, la Fuerza Pública, la Autoridad de Aeronáutica Civil, la Dirección Ejecutiva de Cuarentena Agropecuaria del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, Tocumen, S.A., la Autoridad Nacional de Aduanas, la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A., la Empresa de Generación Eléctrica S.A., y la Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario.
Por otra parte, dicho Decreto Ejecutivo precisó que “las instituciones bancarias se regirán por lo establecido en la resolución S.B.P. No. 124-006 de 4 de diciembre de 2006”.
También resaltó que “se excluye de la aplicación de este Decreto Ejecutivo a la Autoridad del Canal de Panamá, conforme lo dispuesto en el artículo 93 de la ley No. 19 de 11 de junio de 1997”.
Asimismo, “se suspenden, durante los días 24 y 31 de diciembre de 2021, los términos en los procedimientos administrativos, según lo establecido en el Título V de la Ley 38 de 31 de julio de 2000”.