Decretan ley seca en el distrito de Panamá durante el viernes santo

Decretan ley seca en el distrito de Panamá durante el viernes santo
Ley seca no entrará en vigencia este Día de los Difuntos. Foto/Archivo.

Se sancionará con multa de cien dólares a mil dólares a los infractores.

A través del Decreto Alcaldicio No. 005-2022, el Municipio de Panamá estableció Ley Seca este viernes 15 de abril de 2022, en todo el distrito de la capital con motivo de la Semana Santa.

De acuerdo con el documento, se suspenden todas las actividades relacionadas a la venta y consumo de licores el día 15 de abril de 2022 (Viernes Santo), desde las 12:01 a.m. hasta las 12.00 m.n.) de ese mismo día.

También puntualizó que todos los propietarios o administradores de cantinas, bares, discotecas, bodegas, parrilladas, cevicheras, supermercados, tiendas y distribuidoras de bebidas alcohólica deberán suspender su venta y consumo en sus establecimientos comerciales en la mencionada fecha.

A su vez, los supermercados y demás establecimientos que se dediquen a otras actividades comerciales deberán tomar las medidas necesarias para mantener cerrada el área destinada al expendio de bebidas alcohólicas.

Este Viernes Santo también suspende, en el distrito de Panamá, el uso de cajas de música, sinfonías y equipos de audio, así como también la realización de actividades bailables, karaokes o conciertos amenizados por orquestas, conjuntos, unidades móviles u otros medios de difusión o reproducción de música, el día 15 de abril de 2022 (Viernes Santo), desde las doce un minuto antes del meridiano (12:01 a.m.) hasta las doce de la noche (12:00 m.n.) del mismo día.

Además de autoriza a las unidades de la Policía Nacional, los agentes de la Vigilancia Municipal, Inspectores Municipales, Jueces de Paz, Jueces de Paz Nocturnos y funcionarios de Cumplimiento para que hagan cumplir las disposiciones del presente Decreto

La Alcaldía de Panamá reiteró que se sancionará con multa de cien dólares con 00/100 (B/.100.00) a mil dólares con 00/100 (B/.1,000.00) a los infractores de las disposiciones anteriores, que serán aplicadas, a prevención, por el Alcalde, y los Jueces de Paz Diurnos y Nocturnos.

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