Por este delito ecológico se le levantó un proceso administrativo para el trámite correspondiente.
Dos personas fueron sorprendidas en cacería de aves nacionales con jaulas trampa, mediante un patrullaje de control y vigilancia que realizaba el guardaparque del Parque Nacional y Reserva Biológica Altos de Campana y unidades de la Policía Ambiental Rural y Turística, en el área del Chileno, corregimiento el Cacao, distrito de Capira, área de amortiguamiento del Parque Nacional y Reserva Biológica Altos de Campana y de la cuenca 115 del Canal de Panamá.
Zuleyla Toribio Madrigal, Bióloga de la sección de Áreas Protegidas y Biodiversidad, manifestó que las aves decomisadas fueron 3 semilleros Pizarroso y 3 Eufonia Coroniamarilla, 6 jaulas trampa y dos envases de pegamentos utilizados para que los pájaros se adhirieran al mismo y así poder capturarlos.
Los hombres indicaron que realizaban la actividad ilegal con el propósito de comercializar las aves.
Por este delito ecológico se le levantó un proceso administrativo para el trámite correspondiente.
Los ejemplares se encontraban en óptimo estado por lo que fueron liberados en el Parque Nacional y Reserva Biológica Altos de Campana.
Cabe resaltar que la extracción ilícita de estos ejemplares de su hábitat natural puede provocar afectaciones y hasta sufrir lesiones que pueden resultar mortales, tales como: fracturas, pérdida de extremidades, golpes internos y aturdimiento, perdida de la visibilidad, entre otras.
El mal estado en las que se mantengan a estas especies durante y posteriormente a la captura o las dietas inadecuadas suministradas pueden contribuir de manera negativa a la salud de las especies mantenidas en cautividad, ya que pueden quedar expuestas a contraer enfermedades y dada su condición de ser animales silvestre estar sometidas a mucho estrés por el encierro o exceso de ruido o intento de manipulación; por lo que se hace imposible que una persona pueda retribuir todas las necesidades que requiera la especie estando en cautiverio.
La extracción o caza ilegal de fauna silvestre, pone en peligro el delicado equilibrio que propicia la existencia de los ecosistemas, incidiendo en la extinción y reducción de las especies silvestre.
Además, estas especies se encuentran protegidas por normativas ambientales como: Ley 24 de 1995 “Por la cual se establece la legislación de vida silvestre República de Panamá y se dictan otras disposiciones” (G.O.22801).
“En su Capítulo IV De La Conservación De La Vida Silvestre, establece en el Artículo 38. Se prohíbe, en todo el territorio nacional, la captura, recolección, transporte y comercio de las especies silvestres, productos y subproductos, partes y derivados, con excepción de lo que disponga técnicamente el Ministerio de Ambiente con base en los estudios previamente realizados” “Artículo 43.
La autoridad competente dispondrá, a su criterio, de los especímenes productos y subproductos, partes y derivados de la vida silvestre, que hayan sido obtenidos sin los permisos correspondiente o adquiridos de cualquier otra forma no contemplada en esta Ley”
Decreto 43 de 2004 que reglamenta la ley 24 de 7 de junio de 1995 y dicta otras disposiciones (G.O. 25091).
En su Capítulo II Descripción de las Contravenciones en su acápite b establece que la tenencia en cautiverio de animales silvestres, de cien dólares (B/. 100.00) a dos mil dólares (B/.2,000.00, o prisión de tres (3) a seis (6) meses, y el decomiso de los animales.