Los aspirantes a cargos de elección popular en circunscripciones que se encuentren reservadas por temas de futuras alianzas, o en aquellas en las que no se celebrarán elecciones primarias, deben abstenerse de hacer propaganda electoral en nombre propio, a fin de cumplir con la veda electoral.
Indicaciones precisas en torno a la difusión de propaganda electoral, tanto en lo que respecta a los partidos políticos que efectúan elecciones primarias, como a los precandidatos participantes, hizo el Tribunal Electoral (TE), las que fueron emitidas a través de un comunicado, el cual reproducimos.
“El Tribunal Electoral informa a los partidos políticos que se encuentran en periodo de campaña por razón de sus elecciones primarias, y a los respectivos precandidatos que estén participando en las mismas, que solamente podrán hacer propaganda electoral en los siguientes casos:
1) El partido en lo respectivo a la campaña institucional,
2) los precandidatos en las circunscripciones en las que habrá elecciones primarias.
Los aspirantes a cargos de elección popular en circunscripciones que se encuentren reservadas por temas de futuras alianzas, o en aquellas en las que no se celebrarán elecciones primarias, deben abstenerse de hacer propaganda electoral en nombre propio, a fin de cumplir con la veda electoral”.