El objetivo es facilitar la compra de viviendas en Panamá, ofreciendo a los compradores una tasa de interés menor en comparación con las del mercado hipotecario.
La Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional aprobó este miércoles en primer debate el proyecto de Ley No. 1039 que modifica y adiciona artículos a la Ley 3 de 1985 que establece un régimen de intereses preferenciales en ciertos préstamos hipotecarios y se dictas otras disposiciones.
Esta iniciativa legislativa, presentada por el ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot), Rogelio Paredes, el pasado 19 de julio, surge para darle continuidad a este beneficio que tuvo fecha de vencimiento en diciembre de 2022 y cuyo objetivo es facilitar la compra de viviendas en Panamá, ofreciendo a los compradores una tasa de interés menor en comparación con las del mercado hipotecario.
El titular de Vivienda señaló que al vencer este plazo se da una contracción en la economía, ya que muchos aspirantes a adquirir apartamentos o unidades habitacionales unifamiliares quedan sin este beneficio y fuera del rango que le permitiría absorber la letra mensual por 25 a 30 años.
Paredes destacó que hoy esta comisión legislativa ha recibido con beneplácito este proyecto, cuyos objetivos desde un principio van orientados a facilitarle a la clase trabajadora la adquisición de su vivienda, incentivar el campo de la construcción e impulsar la inversión para el desarrollo de grandes obras de vivienda, lo cual a su vez ayuda a disminuir el déficit habitacional del país.
Este proyecto de Ley consta de nueve artículos, entre los que se destaca el número 2 que establece los tramos preferenciales de 4% en los préstamos para viviendas a nivel nacional, por un período de 10 años no renovables, cuyo valor registrado al momento del financiamiento sea mayor a 45 mil balboas y no exceda de 80 mil balboas.
Asimismo, se establece el 4% a nivel nacional por un período de ocho años no renovables para viviendas entre 80 mil a 120 mil balboas; el 2% para residencias plurifamiliares vertical por cinco años no renovales para viviendas cuyo valor de su financiamiento sea mayor de 120 mil balboas y no exceda los 150 mil balboas; y finalmente el 1.5% para viviendas cuyo costo sea mayor de 150 a 180 mil balboas por igual período de tiempo que la anterior, solo que aplica únicamente en las provincias de Panamá y Panamá Oeste.
Este proyecto también establece que los préstamos hipotecarios con intereses preferenciales podrán ser otorgados hasta el 31 de diciembre de 2025, con excepción de aquellos cuyo valor registrado estén dentro del rango de 120 mil a 180 mil balboas, los cuales serán otorgados hasta el 30 de junio de 2024.
A la discusión del primer debate también estuvieron presentes representantes de la Cámara Panameña de la Construcción (Capac) y el Consejo Nacional de Promotores de Vivienda (Convivienda).
Elisa de Suárez, miembro de Convivienda, señaló que con los intereses preferenciales se han beneficiado miles de panameños que hoy pueden tener una casa y han convertido a Panamá en el país con más propietarios per cápita de residencias en América Latina.