Laboran en el Meduca, ATTT y MiAmbiente
La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI), recomendó la destitución del cargo de cuatro servidores públicos.
Mediante Resolución N° ANTAI-AL-077-2023, se recomendó la destitución de dos personas que ejercen funciones en el Ministerio de Educación (Meduca), por permitir y hacer efectivos salarios a un docente, sin cumplir con su horario de trabajo.
De acuerdo con un comunicado, se incurrió en violación a los principios de prudencia, ejercicio adecuado del cargo, prohibiciones generales y beneficios prohibidos consagrados en los artículos 1, 4, 24, 34 y 35 del Decreto Ejecutivo N° 246 de 5 de diciembre de 2004, por el cual se dicta el Código Uniforme de Ética de los Servidores Públicos.
Así mismo, se resolvió compulsar copias autenticadas del proceso, contra ambos servidores públicos, por supuestas irregularidades administrativas que afectan la buena marcha del servicio público al Ministerio Público, por la posible comisión de delito Contra la Administración Pública.
De igual forma, se recomendó mediante Resolución Nº. ANTAI-AL- 079-2023, la destitución del cargo que ocupa un servidor público en la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), por permitir que una empresa de grúas operara sin contar con los debidos permisos para prestar servicios de remoción de vehículos.
Con dicha acción se causaron irregularidades administrativas que afectaron la buena marcha del servicio público e incurriendo en violación a los principios de probidad, prudencia, legalidad y ejercicio adecuado del cargo, señalado en los artículos 1, 4 y 24 del Decreto Ejecutivo N° 246 de 5 de diciembre de 2004, por el cual se dicta el Código Uniforme de Ética de los Servidores Públicos, asimismo, se remitió al Ministerio Público por la posible comisión del delito de peculado.
En tanto, se recomendó la destitución del cargo que ocupa un servidor público en el Ministerio de Ambiente (MiAmbiente), por no contar con idoneidad para ocupar el cargo asignado e incumplir con el horario de trabajo impuesto.
Mediante Resolución N° ANTAI- AL-219-2023, se detalla que el funcionario incurrió en violación a los principios de prudencia, idoneidad, aptitud, legalidad, ejercicio adecuado del cargo, dignidad y decoro, consagrados en los artículos 1, 4, 7, 13, 15, 24 y 30 del Decreto Ejecutivo N° 246 de 5 de diciembre de 2004, por el cual se dicta el Código Uniforme de Ética de los Servidores Públicos.