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Opositores en la Embajada de Argentina en Caracas, esperan salvoconducto

Opositores en la Embajada de Argentina en Caracas, esperan salvoconducto
Presidente del Colegio de Internacionalistas de Venezuela, Juan Francisco Contreras, en una entrevista con EFE, en Caracas (Venezuela). Foto: EFE, Miguel Gutierrez.

El régimen no ha confirmado si aprobará o negará el salvoconducto a los opositores, aunque extraoficialmente se conoció que fue negado

Seis opositores venezolanos se encuentran asilados en la Embajada de Argentina en Caracas a la espera de que el régimen de Venezuela otorgue los salvoconductos para salir del país, una posibilidad catalogada como obligatoria en la Convención sobre Asilo Diplomático (1954), pero de aplicación “limitada” en la práctica, dicen expertos, informó la agencia EFE.

Aunque la convención establece que “el Estado asilante puede pedir la salida del asilado para territorio extranjero”, y expresamente indica que “el Estado territorial está obligado a dar inmediatamente el correspondiente salvoconducto”, se añade “salvo caso de fuerza mayor”, sin especificar más, lo que deja abierta la puerta a criterios dispares.

Para Simón Gómez, profesor de Derecho Internacional de la Universidad Católica Andrés Bello, “fuerza mayor” es un concepto “sobre el que existe una relativa aceptación general sobre su significado” y se refiere a “circunstancias derivadas de una tragedia natural” que impidan “conferir el salvoconducto”.

 

El número dos del chavismo, Diosdado Cabello. Foto: EFE, Rayner Peña R.

Pero el presidente del Colegio de Internacionalistas de Venezuela, Juan Francisco Contreras, dijo a EFE que hay que situarse en 1954, año de creación de la convención, cuando muchos países “tenían regímenes militares y dictatoriales”, por lo que “siempre se dejó una especie de ventanita para poder justificar algún tipo de negación”.

Por estas razones, Venezuela no podría argumentar “fuerza mayor” para negar los salvoconductos.

El régimen no ha confirmado si aprobará o negará el salvoconducto a los opositores, pero el vicepresidente del oficialista Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), Diosdado Cabello -sin cargo en el Ejecutivo-, aseguró que fue negado.

El pasado 30 de mayo, Argentina exigió a Venezuela “la inmediata emisión de los salvoconductos”, en “cumplimiento” de la Convención de 1954.

 

La ministra de Relaciones Exteriores de Argentina, Diana Mondino. Foto: EFE, Sebastiao Moreira.

Sin embargo, para José Bruzual, profesor de Derecho Internacional Público de la Universidad Central de Venezuela, este caso “no se resuelve únicamente con criterios jurídicos”.

“Es un dilema desde el inicio. El Estado asilante tiene potestad para otorgar el asilo, pero el Estado territorial puede argumentar sobre la naturaleza de los delitos y negarse a otorgar el salvoconducto. En la práctica, esas personas pueden permanecer mucho tiempo allí”, añadió.

Los seis opositores se refugiaron en la Embajada de Argentina luego de que la Fiscalía los acusara de varios delitos, como conspiración y traición a la patria, entre otros.

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