Diógenes Galván, alcalde electo de Colón, tendrá que decidir si renuncia al cargo
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional dos párrafos de una ley que permitía a funcionarios electos escoger cuál salario querían recibir en un cargo público.
Con ese fallo, el alcalde electo de Colón, Diógenes Galván, no podría optar por una licencia con sueldo como práctico del Canal donde devenga $18,000 mensuales.
Como alcalde electo le corresponde unos $10,000 por mes. Ahora tendrá que decidir si presenta su renuncia a la alcaldía como había adelantado, para no desmejorar el nivel de vida de su familia.
Entre las consideraciones del pleno de la CSJ, contenidas en el fallo, que tuvo como ponente a la magistrada María Cristina Chen Stanziola, se señaló que la idea de conceder a una persona electa la posibilidad de elegir el salario que devengará, constituye una evidente ruptura del principio de igualdad consagrado en la Constitución Política.
“Quienes previamente laboraron en el sector privado, solo pueden aspirar a una licencia sin sueldo, lo que trae como consecuencia un privilegio irracional e injustificado, el cual carece de objetividad y resulta desproporcionado frente a otras personas que resultaron elegidas para el cargo pero que, en este caso, trabajan en el sector privado”, destacó el fallo
Las demandas ante la CSJ fueron presentadas por separado por los abogados Roberto Ruiz Díaz y Ernesto Cedeño.
La CSJ planteó que “si el sueldo que corresponde al cargo de representante de corregimiento y suplente, es inferior al que perciben en dicha entidad estatal, por su condición de servidores públicos electos podrán optar en acogerse a una licencia con sueldo, por lo cual deberán renunciar previamente al sueldo que corresponde al cargo de elección popular”.
Al expresar su respaldo a la decisión emitida por el pleno, los magistrados Olmedo Arrocha y Cecilio Cedalise emitieron su voto razonado.