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Buscan penalizar con cárcel los cierres de calles en la Panamericana

Buscan penalizar con cárcel los cierres de calles en la Panamericana
Foto/Aris Rodríguez/EnSegundos.com.pa

Modifica 12 artículos del Código Penal y añade uno nuevo para tipificar los bloqueos

Un anteproyecto de ley que busca prohibir con cárcel los cierres de calles en la vía Panamericana fue presentado en la Asamblea Nacional, informó TVN Noticias.

La iniciativa legislativa es impulsada por el abogado Enzo Polo, y en su exposición de motivos, señala que ha sido una “necesidad latente de décadas tipificar como delito el cierre de calles, autopistas, carreteras, puentes, túneles y otras rutas de tránsito”.

Entre las modificaciones propuestas, se incluye un nuevo numeral a un articulado del Código Penal, que prevé penas de tres a seis años de prisión para los casos de cierre de calles que impidan el libre tránsito.

Foto/Aris Rodríguez/EnSegundos.com.pa

El anteproyecto detalla: “Si el hecho ocurre por el cierre, bloqueo, obstrucción, interrupción del derecho al libre tránsito o circunstancias similares causadas por el agente en carreteras u otras vías de circulación en el territorio nacional”.

También modifica otro articulado relacionado  a los delitos de libertad individual, y en ese sentido estipula que “si la privación de libertad ocurre como consecuencia del confinamiento forzado por el cierre o bloqueo de todas las vías de acceso a la comunidad donde reside la víctima, la sanción será de siete a 10 años de prisión”.

En este caso, la pena se triplica si se priva a alguien de su libertad, que es de uno a tres años de prisión o su equivalente en días-multa o arresto de fines de semana.

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Foto de archivo de protestas en Panamá.

Asimismo, busca modificar en su totalidad el articulado que tiene que ver con  delitos contra el libre tránsito, la libertad de reunión y de prensa, para establecer que “quien ejecute cualquier acto que ponga en peligro o impida el libre tránsito de vehículos a motor sobre la carretera Panamericana, será sancionado con prisión de 10 a 15 años. Si del hecho resulta algún daño que impida el normal funcionamiento de la vía, la pena será de 20 a 30 años de prisión”.

Actualmente, el artículo prevé penas de seis meses a dos años de prisión para quienes, abusando de su derecho de reunión o manifestación, impidan el libre tránsito y causen daños a la propiedad pública o privada.

 EFE/ Bienvenido Velasco

Además, la propuesta aborda los daños causados por bloqueos de calles en vías públicas. Se añade un nuevo articulado que detalla que “cuando el daño se ocasione mediante intimidación o violencia contra terceros, con destrucción o grave daño en un bien público, vehículo oficial o privado, o por la pérdida de semovientes y otros productos hortícolas o pecuarios, con la intención de interrumpir, bloquear, impedir u obstruir el libre tránsito de vehículos a motor sobre cualquier carretera o vía pública en el territorio nacional, la pena será de siete a 10 años de prisión”.

También se aclara que si la seguridad económica se ve afectada por impedir el ejercicio del derecho al libre tránsito, la pena será de siete a 10 años de prisión.

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 Foto, cortesía.

En tanto, también modifica el Código Procesal Penal, para indicar que están excluidos de la aplicación del párrafo anterior los delitos de homicidio doloso simple, homicidio doloso agravado, secuestro, extorsión, blanqueo de capitales, violación sexual, entre otros.

La propuesta surge meses después de que el país experimentara bloqueos y cierres de calles en julio de 2022 y a finales de 2023. Esta última debido a la polémica situación sobre la minería.

La propuesta de ley debe ser analizada por la Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional.

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