La principal violación parte del desconocimiento de la Ley 21 de 1997 que estableció el uso definido que debían tener los terrenos dentro de las áreas revertidas
En una clara violación al articulado de cerca de una decena de leyes y con la complicidad de instituciones del Estado, la empresa Parque Industrial Marítimo de Panamá, S.A. (PIMPSA) obtuvo la concesión de cuatro parcelas de terreno dentro de las áreas revertidas del Canal que luego cedió a la empresa PSA Panamá International Terminal, S. A. para la construcción de un puerto y una terminal de contenedores.
El espacio donde se construyó esa terminal tenía otro objetivo definido, de acuerdo a la ley de uso de suelo, destinado al desarrollo urbano mixto.
Tres demandas presentadas entre agosto y diciembre pasado por el reconocido jurista, el doctor Miguel Antonio Bernal, ante la Sala Tercera Contencioso Administrativo y Laboral de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), exponen la trama de cómo se urdieron las violaciones a las leyes.
De ese modo quedó expuesta la forma cómo tanto PIMPSA como PSA Panamá dieran otro uso, al que estaba definido por ley, a las parcelas contempladas en los polígonos BU03-09, BU03-10, BU03-11 y BU03-12 administrados por la actual Unidad de Bienes Revertidos –antes Autoridad de la Región Interoceánica (ARI)- del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Las cuatro parcelas de terreno concesionadas estaban amparadas por la Ley 21 de junio de 1997, que estableció el plan regional para el desarrollo de la región interoceánica y el plan general de uso, conservación y desarrollo de las áreas revertidas del Canal.
Viola ocho leyes
De acuerdo a la demanda presentada por Bernal, el proceso de concesión y posterior construcción de una terminal portuaria violó por lo menos ocho leyes y varios de sus artículos.
Bernal explicó que la suya es una iniciativa ciudadana –no es la primera ni la última aseguró- que busca que los procedimientos cumplan con las disposiciones legales.
“Las cosas no pueden quedarse así como si nada hubiera pasado. Hay que accionar en las cosas que todavía se puede accionar”, puntualizó.
Advirtió, al mismo tiempo, que a través de sus demandas “ha logrado anticipar y saber cómo van a reaccionar tanto PIMPSA como PSA Panamá y las instituciones cómplices que le otorgaron la concesión”.
“En este caso, estamos ante una empresa que llega y se apropia de unos terrenos destinados a otro uso, lo cual demuestra cómo se favorecen los intereses de particulares en perjuicio del Estado. Aquí tenemos un caso de corrupción con bienes públicos para favorecer a particulares con premeditación, dolo y alevosía”, sentenció Bernal.
“Lo actuado por PIMPSA y PSA Panamá -recalcó el abogado demandante- ha seguido el patrón de la Minera Panamá. Es un caso de planificación para cometer un delito”.
“Por eso mi demanda apela a que la misma Corte Suprema que dictó un fallo de inconstitucionalidad sobre el contrato minero, también sea coherente y actúe en derecho declarando ilegal y, por tanto nula, la concesión a PIMPSA y PSA Panamá”, argumentó Bernal.
El jurista espera que la CSJ declare “ilegal y por tanto nulo” todo lo actuado en relación con la concesión de los referidos terrenos porque tenían otro uso definido al que dispusieron posteriormente las autoridades.
“Esta es una oportunidad para que la CSJ, como el máximo órgano de justicia del Estado, actúe con transparencia y apegado al derecho como corresponde”. Resaldó Bernal.
La mano de Varela
Señaló, al mismo tiempo, que en el proceso ha habido leyes creadas bajo un fundamento de ilegalidad y acciones que violaron articulados de leyes existentes.
Entre las leyes violadas en el proceso figuran, además de la Ley 21 de junio de 1997 y una enmienda hecha a través de la Ley 79 del 2003, el contrato de concesión de enero de 1997, la Ley 6 del 2002, la Ley 12 de febrero del 2007, el Contrato Ley de junio del 2008, la Ley 28 de abril del 2013 y el contrato de concesión mediante la Ley A-2005-2014 de octubre del 2014.
En parte de ese entramado de ilegalidades, pueden identificarse las acciones del expresidente Juan Carlos Varela e instituciones de su gobierno para favorecer al empresario Guillermo Liberman, uno de los socios de PSA Panamá. Esas relaciones son documentadas en las grabaciones de los Varelaleaks.
En el proceso intervinieron el MEF, la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) y el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVIOT).
La principal violación parte del desconocimiento de la Ley 21 de 1997 que estableció el uso definido que debían tener los terrenos dentro de las áreas revertidas.
Esa ley determinó el plan integral para el desarrollo de la región interoceánica y el plan general de uso, conservación y desarrollo del área del Canal, con la finalidad de darle orden a la gran masa de tierra que estaba revirtiendo a Panamá como parte de la ejecución de los tratados Torrijos-Carter.
La referida ley tiene como virtud que sirve de base para establecer en forma detallada la zonificación de las áreas revertidas.
La norma indicaba que solo podrán variarse las distintas categorías de ordenamiento territorial -y, por ende, la zonificación-, mediante un complejo proceso de gestiones entre el Ejecutivo y el Legislativo que debe concluir con el dictamen de una ley que modifique la existente.