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Cuatro demandas en la Corte por violar Principio de Especialidad a Martinelli

Cuatro demandas en la Corte por violar Principio de Especialidad a Martinelli
Expresidente Ricardo Martinelli. Foto, archivo.

Dos demandas contra indagatoria del caso New Business interpuestas por Nadia Castillo y Ángel Álvarez y dos demandas contra la sentencia presentadas por Carlos Carrillo y también Ángel Álvarez

Cuatro demandas de inconstitucionalidad han sido presentadas ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para que se le respete al exmandatario de Panamá, Ricardo Martinelli el Principio de Especialidad por el cual fue extraditado desde Estados Unidos, informó el diario Panamá América.

Se trata de dos demandas contra la indagatoria del caso New Business interpuestas por los abogados Nadia Castillo y Ángel Álvarez y dos demandas contra la sentencia de ese mismo proceso presentadas por Carlos Carrillo y también Ángel Álvarez.

Las dos demandas contra la indagatoria fueron acumuladas y tienen como magistrado sustanciador a Olmedo Arrocha.

Las demandas contra la sentencia sufrieron el mismo trámite y fueron asignadas a la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, María Eugenia López.

Ángel Álvarez, abogado de Ricardo Martinelli.

El abogado Ángel Álvarez explicó que en sus demandas mantiene la misma postura que planteó en 2015-2016 cuando se hizo la petición a Estados Unidos de extradición, en la cual sostuvo que era indispensable que, si se quería enjuiciar o investigar al exmandatario por cualquier otro caso, que no fuera el denominado “pinchazos”, tenía que consignarse en la petición de extradición.

“En Estados Unidos y en el resto del mundo existe una doctrina, que es el Principio de Especialidad, que tiene más de 150 años. Esa regla exige que sólo se puede investigar, juzgar o procesar a un ciudadano que ha sido enviado en extradición por los delitos explicados en el pedido de extradición”, comentó.

Álvarez recordó que el gobierno de Panamá, en esa extradición, pagó más de $1 millón a una firma de abogados en Estados Unidos; sin embargo, esas peticiones de causas adicionales nunca se incluyeron y se dejó claro que no se podía juzgar en el futuro a Martinelli por un hecho distinto que no estuviese en el petitorio de extradición, como posteriormente ocurrió con el caso New Business.

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Magistrado Olmedo Arrocha Osorio. Foto, CSJ.

El Principio de Especialidad, contenido en el artículo VIII del Tratado de Extradición de 1904, establece que una persona extraditada solo puede ser juzgada por los delitos especificados en la solicitud de extradición. Este principio también está respaldado por la Convención de Montevideo de 1933, de la cual Panamá y Estados Unidos son signatarios.

En cuanto a la demanda contra la resolución indagatoria del 30 de junio de 2020 interpuesta por Nadia Castillo, ya admitida por el magistrado Olmedo Arrocha, Álvarez actualmente cumple el plazo de 10 días en el que los ciudadanos pueden emitir su opinión sobre la demanda para que todos estos argumentos sean evaluados por la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

En este sentido, el abogado Alfredo Vallarino recordó que la indagatoria que se le practicó a Martinelli violó el artículo 32 de la Constitución, sobre el debido proceso y derecho a un juicio justo, así como el artículo 4 de tratados y convenios internacionales.

También subrayó que el Principio de Especialidad se creó para evitar que una persona pudiera ser objeto de persecuciones políticas.

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