Tribunal declaró inconstitucional la facultad de determinación otorgada a los diputados en el manejo del Presupuesto General del Estado 2025
Un duro revés sufrió la Asamblea Nacional (AN) tras el fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que declaró inconstitucional la facultad de determinación que, mediante el artículo 339 de la Ley 454, pretendía atribuirse la Comisión de Presupuesto sobre la ejecución del Presupuesto General del Estado para el 2025, según publicación de la Gaceta Oficial de este lunes 1 de septiembre.
De acuerdo a la Gaceta Oficial, con este fallo se devuelve al Órgano Ejecutivo el control absoluto de los más de $30,000 millones asignados al Presupuesto del Estado para el presente año fiscal.
El máximo tribunal fue enfático, la Asamblea tiene competencias para aprobar, rechazar o modificar el presupuesto durante el proceso legislativo, pero no puede ejecutar ni determinar partidas, funciones que corresponden exclusivamente al Ejecutivo a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Aunque se mantuvo la obligatoriedad de las vistas presupuestarias, la eliminación de la palabra determinación recorta significativamente el margen de maniobra política del Legislativo.
Analistas sostienen que el fallo frena las prácticas clientelistas que tradicionalmente se han visto en la Comisión de Presupuesto, donde los diputados condicionaban la aprobación de fondos a la inclusión de proyectos locales.
La sentencia representa una victoria institucional para el gobierno de José Raúl Mulino, que ha sido crítico de lo que considera excesos de poder por parte de la AN. “Es un triunfo de la institucionalidad y de la separación de poderes. La Asamblea fiscaliza, pero no administra”, señalaron juristas tras la publicación del fallo.
Más allá del presupuesto del 2025, esta decisión sienta un precedente jurídico que redefine los límites entre los poderes del Estado y refuerza el rol exclusivo del Ejecutivo en la ejecución de la política fiscal.
