Durante el primer semestre del año en curso la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASP) informó que sancionó con 7.2 millones a varias empresas que prestan servicios públicos en Panamá
Por el incumplimiento a las normas vigentes en materia de electricidad, de telecomunicaciones y agua potable la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP, impuso durante el primer semestre del año 2017 multas que ascienden hasta el monto de 7.2 millones de balboas.
Las sanciones impuestas por la ASEP sumaron 7 millones 181 mil 734 balboas con 13 centavos para las empresas del sector de electricidad y 54 mil balboas para las empresas de telecomunicaciones.
Del total de multas impuestas en el sector eléctrico de Panamá, las empresas distribuidoras alcanzaron 5 millones 676 mil 734 balboas con 13 centavos, seguido de las empresas de generación con 755 mil balboas y las empresas de transmisión con 750 mil balboas.
En el caso de las empresas de telecomunicaciones, tres sanciones que totalizan cuatro mil balboas fueron procesos contra empresas del servicio por televisión pagada.
Mientras los 50 mil balboas restantes fueron aplicados a una empresa de telefonía por el servicio de cobro revertido (aquel que permite que las llamadas telefónicas sean pagadas por el destinatario para promover sus actividades, utilizando de manera creativa nombres fáciles de memorizar, haciendo uso de las letras asociadas a cada cifra decádica o marcación por pulsos consistente).
Durante este primer semestre, el máximo total de sanción impuesto de manera individual ascendió a 3 millones de balboas a una empresa de distribución de energía por el incumplimiento de las normas legales del servicio público de electricidad.
El total de multas interpuestas contra las empresas de la prestación de los servicios públicos de electricidad y telecomunicaciones a nivel nacional han sido acreditadas a la factura del total de los clientes del sector.
La Ley 38 de 31 de julio de 2000, por medio del cual se regula el procedimiento administrativo general aplicada supletoriamente a los procesos sancionadores, determina obligatorio cumplimiento el término para el pago y acreditación de la multa a los clientes.
Tras las multas impuestas, las empresas sancionadas han cumplido con la notificación a la ASEP sobre la entrega de multas a sus respectivos clientes y el detalle del crédito otorgado por razón de las multas impuestas.