De acuerdo al Código de Trabajo, la negociación de una convención colectiva contempla 4 etapas: 15 días de negociación, 10 días de primera prórroga, 10 días de segunda prórroga y 20 días para declaratoria de huelga, en caso de que las partes no lleguen a un acuerdo.
La empresa MiBus emitió un comunicado esta tarde, para aclarar lo relacionado con una declaratoria de huelga promovida por el Sindicato de Conductores y Conductoras de Transporte Colectivo y Selectivo de Pasajeros (Sintracodep).
Por tratarse de una situación que, de hacerse efectivo el paro del servicio del transporte colectivo, causará problemas graves al conjunto de la población que depende de este medio para movilizarse para temas laborales, personales y otros, publicamos el texto compartido por MiBus.
“En relación a la comunicación emitida por el sindicato SINTRACODEP referente a una declaratoria de huelga, MiBus, como empresa responsable del servicio de transporte público de pasajeros en la ciudad de Panamá, aclara lo siguiente:
De acuerdo al Código de Trabajo, la negociación de una convención colectiva contempla 4 etapas: 15 días de negociación, 10 días de primera prórroga, 10 días de segunda prórroga y 20 días para declaratoria de huelga, en caso de que las partes no lleguen a un acuerdo.
Actualmente, en términos de tiempo, nos encontramos en el periodo de 20 días, dentro del cual se puede dar la declaratoria de huelga, sin embargo, Transporte Masivo de Panamá, S.A. no ha recibido notificación formal de declaratoria de huelga por parte de la Dirección General de Trabajo, y se mantiene en la mesa de negociación.
El pliego original presentado por SINTRACODEP contempla 97 cláusulas, de las que aún faltan 7 por negociar, de las cuales 5 de estas son de carácter económico. La parte relativa al aumento salarial podría ser la más difícil, toda vez que la pretensión sindical no es acorde a la realidad económica de la empresa, ni a la realidad económica del país.
Transporte Masivo de Panamá S.A. mantiene la plena disposición de seguir negociando en el marco de lo que la ley establece en estos casos, teniendo como uno de los principales objetivos llegar a acuerdos que representen, no solamente un beneficio para los trabajadores, sino que también permitan la sostenibilidad de la empresa, de forma tal, que sea posible seguir manteniendo las plazas de empleo y el servicio a los usuarios.
Es importante mencionar que, Transporte Masivo de Panamá, S.A. mantiene su compromiso en la prestación del servicio de transporte público, por lo que, responsablemente estamos previendo las estrategias más adecuadas para que esta situación sindical no afecte la movilización de nuestros usuarios”.