Este caso ocurrió hace algunos años, pero nadie quita que a los trabajadores les continúen aplastando sus derechos, sobre todo si las audiencias se realizan sin sus abogados.
No vayan a creer, después de leer el título de este escrito, que se trata de un problema filosófico. No, para nada. Más bien, el asunto trasciende el pensamiento kafkiano. Ni siquiera al mismo autor de El Castillo o La metamorfosis se le hubiera ocurrido imaginar semejante situación.
No se desesperen, estimados lectores. Lo que pasa es que a veces, como escribió un insigne periodista hace unos años, “los casos insólitos cada vez son más raros”. ¿Ya ven lo que se quiere decir? Si son insólitos, ¿a qué viene lo de raro? Bueno, es que la inexistencia de la existencia o viceversa es verdaderamente raro.
Ahora verán por qué es así. Imagínense que ustedes acuden a una autoridad laboral porque los han despedido del trabajo. Llevan todas sus pruebas, entre ellos, el famoso contrato de servicios, sí, de esos que utilizan algunos inescrupulosos para evitar el pago de prestaciones, etcétera. También presentan carnés de la empresa, comprobantes de pago de salarios y las cartas de despido.
Con esos documentos, ustedes, de seguro, ganarían sus casos, porque pudieron comprobar, a pesar de los contratos de servicios profesionales, que trabajaban ocho y más horas diarias, tenían jefes y devengaban sueldos mensuales fijos. Estaban Uds. hechos, como se dice popularmente.
Pero, ¿qué ocurre? Durante la audiencia, el abogado de la empresa afirmó que ninguna de las pruebas presentadas es válida, porque cualquiera pudo redactar los contratos, las cartas de despido o confeccionar los carnés. Es decir, ¿los trabajadores falsificaron todos esos documentos? Y ese argumento fue aceptado por las autoridades laborales para negar las existencias de vínculos obreros patronales. Bueno, en todo caso, lo que procedía era denunciar a los pobres trabajadores por falsificación de documentos.
Pero allí no termina el asunto. Las autoridades, a pesar de haber negado la existencia de las dependencias jurídicas y económicas de los apabullados trabajadores, le ordena a la empresa denunciada (¿inexistente?) que les pague la última quincena. Si no había responsabilidad de parte de la empresa, ¿por qué se reconoció el pagos de estas quincenas? ¿Sería acaso que se condolieron de las personas a las que acababan de birlarles sus derechos?
Pero, hilando un poco delgado, cabría decir que lo que era inexistente, totalmente nulo, se convirtió en existente: primero se niegan las pruebas para no pagar las prestaciones, pero luego se reconocen para decidir cancelar la última quincena a cada uno de los destituidos.
¿Alguien podría explicar esto? Es evidente la contradicción inexistencia existencia y viceversa, y que este caso “insólito” es “raro”, como dijo el periodista kafkiano. Si no existía el vínculo, entonces no debieron concederle nada a esos trabajadores que pensaban haber sido contratados por personas serias y responsables.
Este caso ocurrió hace algunos años, pero nadie quita que a los trabajadores les continúen aplastando sus derechos, sobre todo si las audiencias se realizan sin sus abogados.