La entidad emitió un comunicado en el que resaltó las advertencias y precauciones en el manejo del fentanilo.
El Ministerio de Salud (MINSA) a través de la Dirección de Farmacia y Drogas comunicó a los profesionales de la salud y a la población en general que en base a las recientes noticias de los acontecimientos en torno al medicamento Fentanilo, el mismo, es un medicamento indicado en analgesia y anestesia, usualmente mediante la intubación y ventilación del paciente, por lo tanto debe ser utilizado sólo en situaciones, en donde su suministro al paciente puede ser controlada y supervisada por vía aérea por personal de salud idóneo y capacitado.
Entre algunas de las advertencias y precauciones en la información de uso y manejo de fentanilo destacan los siguientes puntos:
- El uso repetido del mismo puede ser conducir a un trastorno por consumo de opioides.
- El abuso o mal uso intencionado de fentanilo puede causar sobredosis y/o muerte.
El Fentanilo puede producir bradicardia (disminución de la frecuencia o latidos del corazón) y debe, por lo tanto, administrarse con precaución en pacientes con bradiarritmias.
Se recalcó que entre los signos y síntomas por sobredosis por fentanilo está: Dificultad para respirar, cansancio, somnolencia extrema o sedación; incapacidad para pensar, caminar o hablar normalmente; sensación de desmayo, mareo o confusión; pupilas puntiformes.
Por lo anterior, los medicamentos controlados como el Fentanilo solo deben ser prescritos, dispensados y administrados por personal de salud idóneo y cumpliendo todas las regulaciones y normativas concernientes al uso y manejo de sustancias controladas.
Cabe mencionar que según se estipula en la Ley 14 de 19 de mayo de 2016, que regula las actividades y el uso de las sustancias controladas para fines médicos o científicos y dicta otras disposiciones, se describe el procedimiento administrativo sancionatorio ante irregularidades en el manejo de las sustancias controladas.
Por lo que la Dirección de Farmacia y Drogas del Minsa, en cumplimiento de su rol fiscalizador de velar por la calidad, seguridad y eficacia de los medicamentos que utiliza la población panameña y promover su uso racional, actuará conforme a los resultados de las indagaciones que se realicen.
Y de ser necesario, pondrá las sanciones que correspondan, esto sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que puedan ser establecidas y aplicadas por las autoridades competentes y mediante los procedimientos normativos que rijan cada ámbito.