Las unidades que serán evaluadas con base al Plan serán todas aquellas que hayan ingresado a servicio permanente cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley 10 de 2010, el Reglamento General, y las resoluciones emitidas por el Patronato del BCBRP.
El presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen, aprobó el “Plan para la recuperación de la Carrera Bomberil y la reorganización de la estructura jerárquica del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá (BCBRP).
El Decreto Ejecutivo No. 13 de 1 de junio de 2023, publicado en Gaceta Oficial que lleva la firma del presidente de la República y del ministro de Gobierno, Roger Tejada, establece que el Plan es aplicable al procedimiento para el análisis de los antecedentes personales y profesionales del personal ingresado al servicio permanente del año 1998 hasta el 2018, que no hayan sido objeto de promoción y ascenso durante el periodo comprendido en los años 2010 al 2020, tomando en consideración la vacante y la partida presupuestaria correspondiente.
El Plan corrige sesgos dentro de la estructura organizacional de la Institución, específicamente en la estructura de cargos operativos a nivel de las once (11) zonas regionales, que reflejan esta situación por más de una década.
Los componentes generales del Plan que ejecutará la administración del BCBRP se enmarcan en el análisis y revisión de expedientes, informe de auditoría integral de puesto en las once (11) zonas regionales, revisión de la estructura de cargos por el Ministerio de Economía y Finanzas, presentación de la nueva estructura de cargos y formalización de los ascensos del personal bomberil.
El Plan tiene un alcance que rige a las fases definidas en el cronograma estructurado por el BCBRP, el cual tendrá una vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2023.
Las unidades que serán evaluadas con base al Plan serán todas aquellas que hayan ingresado a servicio permanente cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley 10 de 2010, el Reglamento General, y las resoluciones emitidas por el Patronato del BCBRP.
Al finalizar los efectos del procedimiento dispuesto en el Plan, los bomberos que aspiren a nuevos ascensos deberán cumplir con los requisitos dispuestos en la Ley 10 de 2010 y el Reglamento General del BCBRP.
De esta forma, se cumple el objetivo general de hacer justicia a aquellas unidades operativas activas que, de acuerdo a la Ley y el Reglamento General, deben ser objeto de promoción y ascenso dentro de las once (11) zonas regionales del BCBRP.