La Ley 242 de 13 de octubre de 2021, señala en su artículo 79, que todo uso o manejo del cannabis o sus derivados que no se encuentre establecido en esta norma, será sancionado según lo dispone el Código Penal.
El Ministerio de Salud (MINSA), por intermedio de la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas, emitió hoy un comunicado, reiterativo, al público en general, que los productos de derivados del cannabis no están autorizados actualmente en la República de Panamá, para su distribución y venta.
La Dirección de Farmacia y Drogas del Ministerio de Salud (MINSA) señaló como es de conocimiento público, a través de la Ley 242 de 13 de octubre de 2021, se reguló el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados.
En la misma, se establece que la Licencia de Fabricación de Derivados del Cannabis Medicinal, permite la importación, exportación, comercialización, fabricación y registro sanitario para uso terapéuticos, médicos, científicos y de investigación.
Mediante comunicado se informa que, actualmente, se encuentran en el proceso de selección para otorgar la Licencia de Fabricación de derivados del Cannabis Medicinal, por lo que se le comunica al público en general, que los productos de derivados del cannabis no están autorizados actualmente en la República de Panamá, para su distribución y venta.
De conformidad con lo dispuesto en la norma, en el territorio panameño, solo se permitirá la importación, exportación, comercialización, fabricación y registro sanitario de derivados del cannabis para usos terapéuticos, médicos, científicos y de investigación, a los Licenciatarios que autorice el Ministerio de Salud, a través de la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas.
De igual forma, la citada Ley señala en su artículo 79, que todo uso o manejo del cannabis o sus derivados que no se encuentre establecido en la Ley 242 de 2021, será sancionado según lo dispone el Código Penal.