Se revocó la decisión de un Juez de Cumplimiento que en primera instancia negó la sustitución de la medida cautelar
El Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá, integrado por la magistrada Giovannina Antinori (Presidenta), y los magistrados Carlos Rivas y Adrían Hernández, revocaron la decisión de un Juez de Cumplimiento, quien negó la solicitud de sustitución de la pena de prisión a la exdefensora del Pueblo, Patria Portugal, sancionada por la comisión del delito contra la administración pública en la modalidad de peculado, y en su lugar le aplicó temporalmente por el término de cuatro meses cumplir la pena impuesta en prisión domiciliaria.
En tal sentido, el Tribunal colegiado fundamentó su decisión luego de escuchar las argumentaciones tanto de la Defensa Técnica Particular, como de la representante del Ministerio Público, a fin de que el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses evalúe a la hoy sancionada y envíe al Juez de Cumplimiento un informe concluyente sobre la base del artículo 108 del Código Penal, para establecer si puede o no cumplir la pena impuesta de 96 meses de prisión en un centro carcelario.
Luego de esto, se deberá realizar una nueva audiencia ante el Juzgado de Cumplimiento, para determinar lo que en derecho corresponda.
En este acto de audiencia, el Ministerio Público estuvo representado por la fiscal Anticorrupción Ileana Castillo, mientras que por la defensa técnica participó la abogada Patria Mollah.
Este proceso tuvo su origen en 2012, cuando la hoy sancionada, en funciones de defensora del Pueblo, celebró un contrato de consultoría con una empresa sin experiencia para el rediseño de la página web de la institución y propició una malversación de fondos en la entidad pública que dirigía.