La candidata considera que de acuerdo a la ley electoral no estaba obligada a renunciar a su puesto en la Asamblea
Sin decisión, concluyó una audiencia celebrada este martes en el Juzgado Segundo Electoral administrativo, que deberá resolver una solicitud de inhabilitación interpuesta contra la subsecretaria de la Asamblea Nacional, Dana Castañeda.
“Se avanzó en los testimonios de la señora Castañeda, la etapa de alegatos, la juez no ha pronunciado una decisión todavía. Queda pendiente que el Tribunal Electoral se pronuncie sobre unas pruebas que fueron apeladas por parte de la defensa. Hasta que no se realicen las verificaciones, la decisión está suspendida para permitir que se pueda evaluar todo el conjunto de pruebas”, dijo el abogado demandante, Juan Carlos Araúz.
El jurista solicitó la inhabilitación de Castañeda por una supuesta violación un artículo del Código Electoral que establece que no son elegibles para cargos de elección popular aquellos ministros, viceministros, directores, subdirectores, secretarios y subsecretarios, administradores y subadministradores de entidades y empresas públicas, que ejerzan el cargo seis meses antes de los comicios.
Araúz considera que Castañeda, actual candidata a diputada por el circuito 2-3 por los partidos políticos Realizando Metas, Partido Revolucionario Democrático, Movimiento Liberal Repúblicano Nacionalista y Alianza, debió renunciar seis meses antes de la postulación.
Castañeda aseguró que en la audiencia se demostró que la Asamblea Nacional no está incluida dentro de la norma electoral.
“Hemos visto la parte demandante que no ha podido probar los hechos señalados en la demanda. Nos sentimos muy confiados y positivos del resultado conforme a derecho de la señora jueza”, dijo la exdiputada.
Solicitó un criterio formal al magistrado presidente del TE, Alfredo Juncá, cuando existe un pronunciamiento de la director nacional de asesoría legal de esa entidad señalando que Castañeda no estaba obligada a renunciar para optar a algún cargo de elección popular.