Boyd Galindo explica que la iniciativa responde a una necesidad urgente dado que el fondo de pensiones se agotó
El proyecto de ley que busca garantizar fondos extraordinarios a la Caja de Seguro Social (CSS), y compensar parcialmente los costos del programa de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) que permitan pagar las jubilaciones y pensiones del mes de febrero, fue aprobado en primer debate por la Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional (AN).
La iniciativa presentada en representación del Ejecutivo, por el ministro de Salud (MINSA), Fernando Boyd Galindo, pasa rápidamente al segundo debate a consideración del pleno.
“La norma se basa en la necesidad que nosotros describimos cuando presentamos, el 6 de noviembre del año pasado, las modificaciones necesarias en la Ley Orgánica de la CSS, para procurar fondos necesarios para cubrir las pensiones que debían suscitarse desde el mes de febrero en adelante”, reiteró Boyd Galindo.
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Agregó que el proyecto de ley responde a una necesidad urgente de atender a los pensionados, dado que el fondo de pensiones tiene un déficit de 22%. Busca garantizarles la continuidad del acceso a una pensión digna para el mes de febrero, mientras se culmina con el proceso de aprobación de la iniciativa que reforma la Ley Orgánica de la CSS.
Por su parte, el diputado Ronald De Gracia, presidente de la instancia legislativa, destacó la importancia de este proyecto, “pensando en todos nuestros jubilados y pensionados para que puedan cobrar sus pensiones”.
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Destacó que la normativa va de la mano con el proyecto 163, que modifica la Ley de la CSS, que se espera sea una norma que perdure en el tiempo financieramente hablando.
El documento autoriza la transferencia de recursos financieros desde el presupuesto asignado a las diferentes dependencias del Estado a la CSS, por un monto de $91 millones 620,025, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria para la vigencia fiscal 2025.
La transferencia de los fondos extraordinarios deberá llevarse a cabo en un plazo no mayor de 10 días hábiles, contados a partir de la promulgación de la ley.