Con el fallo, solo el Consejo de Gabinete podrá aprobar ajustes presupuestarios cuando los ingresos sean inferiores a los gastos aprobados
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional una frase de la Ley 454 del 2024, que otorgaba a la Comisión de Presupuesto de la Asamblea Nacional (AN) la potestad de determinación del plan de contención del gasto público, informó el diario La Prensa.
El fallo fue adoptado el 3 de julio y modificado el 11 de agosto, y establece que dicha facultad corresponde exclusivamente al Ejecutivo, a través del Consejo de Gabinete, en situaciones donde los ingresos estatales sean inferiores a los gastos aprobados.
La demanda fue interpuesta por la abogada Dianis Medrano, y la ponencia del caso estuvo a cargo de la magistrada Ariadne García. La Corte, sin embargo, mantuvo la validez de otras disposiciones de la misma ley, relacionadas con las vistas presupuestarias.

La decisión de la CSJ se da en un contexto clave, justo cuando se instala la nueva Comisión de Presupuesto, responsable de analizar el Proyecto de Presupuesto General del Estado para el 2026, además, coincide con el malestar público generado por la jubilación especial autoconcedida por los magistrados del máximo tribunal.
En paralelo, el Consejo de Gabinete ya había aprobado en junio pasado un plan de ajuste presupuestario para el 2025, que incluye una reducción de hasta $1,900 millones, afectando tanto el gasto de funcionamiento como las inversiones del Estado.
Con este fallo, la Corte reafirma la separación de funciones entre los órganos del Estado, limitando el alcance del Legislativo en la gestión del gasto público y restituyendo al Ejecutivo el control sobre los planes de contención presupuestaria.
