Se mantiene subsidio del 4% por siete años para préstamos hipotecarios entre $80,000 y $120,000
Con 40 votos a favor y cuatro abstenciones, el pleno de la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate el proyecto de ley 341, que modifica artículos clave de la Ley 468 de 2025, suspendida actualmente tras la controversia por su artículo 12, informó TVN Noticias.
Esta reforma restablece el régimen de intereses preferenciales para préstamos hipotecarios y busca reactivar el programa con la participación de los bancos, que se habían retirado debido a disposiciones que, según ellos, afectaban la seguridad jurídica.
El proyecto fue presentado por el presidente de la Asamblea, Jorge Herrera, y modifica los artículos 1, 2, 6 y 7, además de derogar el polémico artículo 12, el cual otorgaba a la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) atribuciones fuera de su marco legal y obligaba a las entidades financieras a refinanciar ciertos préstamos.

Durante el debate, se discutió inicialmente la reducción de la tasa subsidiada del 4% al 3,5% para préstamos entre $80,000 y $120,000, lo que generó rechazo por parte de los diputados Ernesto Cedeño y Eliza López de Suárez, quienes advirtieron que esta medida perjudicaría a la clase media profesional.
Ante esto, el diputado Herrera aclaró que no tenía objeción en mantener la tasa en 4%, siempre y cuando los cálculos financieros lo permitieran, finalmente, se acordó mantener la tasa en 4% para todas las provincias, con un beneficio que se extenderá por siete años.
El viceministro de Financiamiento, Fausto Fernández, explicó que el artículo 12, que había sido introducido en la propuesta del gobierno en febrero, fue el motivo principal por el cual los bancos decidieron no participar en el programa.

Este artículo obligaba a los bancos a realizar evaluaciones financieras entre seis y doce meses antes del fin del subsidio y a ofrecer refinanciamiento garantizado a los beneficiarios.
“El artículo era muy abierto y dejaba a los bancos con las manos atadas”, dijo Fernández, señalando que estas condiciones se percibían como un riesgo operativo y legal para las entidades.
Por su parte, Carlos Berguido, presidente ejecutivo de la Asociación Bancaria de Panamá (ABP), indicó que el artículo 12 abría la puerta a tácticas dilatorias que harían aún más largo el proceso de ejecución de hipotecas.
Según explicó, ejecutar una hipoteca ya toma más de dos años y medio, y con estos nuevos requisitos, el proceso se extendería aún más, afectando la viabilidad del negocio bancario.
