De acuerdo con el documento, queda prohibido a nivel nacional la venta, manufactura, importación o distribución y consumo de productos de tabaco en pipas de agua tales como la narguile.
En tercer debate, el pleno de la Asamblea Nacional (AN) aprobó el proyecto de Ley 136, que establece disposiciones relacionadas al contenido y divulgación de información sobre los productos derivados del tabaco.
La iniciativa presentada por los diputados Crispiano Adames, Javier Ortega y José Luis Castillo tiene como objetivo definir mayores reglas en cuanto al etiquetado y a la distribución para crear los mecanismos para una mejor protección a la salud de la población y del ambiente, así como también combatir el comercio ilícito.
De acuerdo con el documento, quedará prohibido a nivel nacional la venta, manufactura, importación o distribución y consumo de productos de tabaco en pipas de agua tales como la narguile.
Además, dicta que los establecimientos comerciales que se dediquen a la venta, distribución, manufactura o importación de productos de tabaco y sus derivados deberán contar con una licencia especial para comercializar el producto, cuyo costo será establecido de acuerdo con el tamaño del establecimiento.
Los comercios que no cumplan con la ley serán sancionados con multas de 10 mil a 100 mil dólares.
El proyecto establece que los ingresos obtenidos por las licencias comerciales otorgadas a los establecimientos serán distribuidos entre el MINSA con el 40%; en tanto, la Dirección Nacional de Aduanas, la Coalición Panameña contra el Tabaquismo y la Asociación Nacional contra el Cáncer recibirá cada uno el 20%