La ley que crea la licencia de paternidad iniciativa promovida por el por el Ministerio de trabajo y desarrollo laboral (MITRADEL)
El pasado 28 de abril el proyecto de ley fue aprobado en tercer debate por la Asamblea Nacional (AN) y fue sancionada por el presidente Juan Carlos Varela ayer martes 23 y publicada este miércoles 24 de mayo en Gaceta oficial.
En el primer artículo la ley contempla que el trabajador de la empresa público y privada cuya esposa o conviviente se encuentre en estado de gravidez gozar a una licencia remunerada por paternidad que será concedida al momento del nacimiento del hijo o la hija.
El segundo capitulo señala que para acogerse a esta licencia de paternidad el trabajador deberá comunicar a su empleador empleador o a la institución donde laboras con una semana de anticipación la fecha probable de parto de su pareja.
la licencia de paternidad será por el término de tres días hábiles que en donde el beneficiario o padre no podrá laborar para otro empleador o por o por cuenta propia.